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jueves, 8 de junio de 2017

(España) El TC anula la amnistía fiscal de Montoro pero no permite revisar las declaraciones

El Tribunal Constitucional ha declarado este jueves de forma unánime la inconstitucionalidad de la amnistía fiscal aprobada por el gobierno del Partido Popular en marzo de 2012. Una medida trascendental para el futuro de España, ya que determina que no se pueden volver a perdonar las deudas a los defraudadores con el único argumento de corregir el déficit público. Sin embargo, los contribuyentes que se acogieron a la amnistía respiran tranquilos a partir de hoy, ya que el TC no permite que sus declaraciones sean "revisadas como consecuencia de la nulidad de la disposición adicional primera" del Real Decreto por el que se articuló la regularización.
La sentencia supone una dura crítica al Ministerio de Hacienda, ya que determina que rompió la igualdad de los españoles ante el Fisco ya que puso a los defraudadores "en una situación más favorable" respecto al resto de contribuyentes. Una situación que va en contra de la Carta Magna que determina que todos los ciudadanos deben contribuir por igual a financiar el gasto público. También afea que esta amnistía provocó que el Estado "abdicara" de su responsabilidad de obligar a todos los ciudadanos a pagar impuestos. Y, por si fuese poco, el TC incide que el Gobierno legitimó "como una opción válida la conducta de quienes incumplieron su deber de tributar".

El recurso, interpuesto en 2012 por el PSOE, era la principal esperanza de los partidos de la oposición para recuperar el dinero perdonado a los defraudadores una vez que el Gobierno ha hecho caso omiso del Congreso cuando solicitó por unanimidad (el PP también votó a favor) hacer tributar por el 10% y no el 3% que finalmente pagaron. Sin embargo, el TC ha preferido no modificar la amnistía, tal y como se realizó, para respetar el principio de seguridad jurídica, lo que significa que no se investigarán las declaraciones, ni se revisará el tipo efectivo que pagaron los defraudadores, que fue del sólo el 3%.

La amnistía fiscal supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de sostener el gasto público

El Constitucional considera que la amnistía de Montoro tuvo tres "importantes efectos". El primero de ellos es que permitió la regularización "a un tipo reducido" que se estableció en el 10%, pero que finalmente fue del 3% de forma efectiva. El motivo fue que la Dirección de Tributos permitió que no se tuviese que pagar por los bienes ya prescritos, por lo que se regularizaron completamente gratis. El segundo es que "eximió" a los defraudadores del pago de ningún tipo de recargos: ni intereses de demora, ni penalizaciones por fraude a Hacienda ni otro tipo de sanciones. Por último, convirtió en "renta declarada a todos los efectos" todos los bienes regularizados, por lo que los contribuyentes no tuvieron que dar ninguna otra explicación al Fisco.

El resultado es que el Gobierno "afectó a la esencia misma del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos" que está reflejado en la Constitución. De este modo, la amnistía supuso "la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos" de pagar impuestos. De esta forma, el Gobierno permitió "la condonación parcial de la obligación tributaria principal y la condonación total de las eventuales consecuencias accesorias asociadas al incumplimiento existente hasta el momento de la regularización".
La última amnistía

La sentencia del TC no modifica la amnistía de 2012, por lo que hace prevalecer el principio de seguridad jurídica por encima del deber constitucional de contribuir al sostenimiento del Estado. Sin embargo, sí que limita la posibilidad de que se repitan en el futuro actuaciones como esta. El Tribunal determina que el argumento de "ajustar el déficit público para cumplir con el principio de estabilidad presupuestaria consagrado en el artículo 135 de la Constitución (el que modificó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero)" no sería "en ningún caso suficiente" para contravenir los deberes recogidos en el Título I de la Carta Magna. De esta forma, cualquier futuro Gobierno sabrá que una amnistía fiscal atentará contra la Constitución y, por tanto, no podrá ejecutarse.

El TC determina que el objetivo de alcanzar la estabilidad presupuestaria debe acometerse desde el conjunto del sistema tributario y no con una medida concreta que vulnera la Carta Magna.

A la regularización fiscal se han acogido personalidades públicas investigadas en los tribunales como varios miembros la familia Pujol, el extesorero del PP Luis Bárcenas, el exsecretario general del PP en Madrid Francisco Granados y su exsocio David Marjaliza -ambos imputados en el caso Púnica-, el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato. En su día Hacienda cifró en 31.000 los españoles que se acogieron a este modelo retributivo dirigido a recuperar dinero oculto fuera del país.

FUENTE: Javier G. Jorrín - http://www.elconfidencial.com

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