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jueves, 12 de octubre de 2017

(Cataluña - España) Las compañías que dejan Cataluña suman 2.100 millones en impuestos de sociedades

El 'president' de la Generalitat, Carles Puigdemont, volvió a denunciar el martes el 'expolio fiscal' que realiza España en Cataluña. En su intervención ante el Parlament, citó los 16.000 millones que supuestamente 'roba' cada año España a la región, un cálculo que se aleja mucho de la realidad. Según el último dato publicado por el Ministerio de Hacienda, la balanza fiscal de Cataluña no llega a 10.000 millones de euros.
La Generalitat ha empezado a presionar a las empresas catalanas para que paguen el impuesto de sociedades a la Agencia Tributaria Catalana (ATC); lo que ha terminado de asustar a muchas compañías, que aprovechan el traslado de su sede social para cambiar su domicilio fiscal. Con este movimiento, no solo esquivan las presiones recaudatorias de la Generalitat, también supone que, en caso de una supuesta independencia, Cataluña perdería más de 2.100 millones de euros en impuesto de sociedades solo con las 40 compañías que ya han anunciado su traslado, cifra que se elevaría por encima de los 2.600 millones con las que ya han dejado ver que están dispuestas a seguir estos pasos, como Freixenet, Grifols, Idilia Foods o Renta.
Este montante no es, en absoluto, insignificante. De hecho, supone en torno al 10% de la recaudación en todo el territorio por el impuesto de sociedades. Es la consecuencia del 'efecto sede', ese que Puigdemont minimizó durante su discurso en el Parlamento de Cataluña el pasado martes, cuando anunció su particular declaración de independencia en suspenso.

Efectivamente, en el contexto actual, el traslado de sede social apenas tiene impacto en términos impositivos, ya que Cataluña forma parte de la Hacienda común, y mientras no se muevan los centros operativos y de producción, aquellos tributos que sí están cedidos parcialmente, como IVA e IRPF, seguirán engordando las arcas catalanas.
El problema es que, por una parte, la Generalitat es la primera que se opone a esta foto fija, ya que está defendiendo la independencia, y lograrla significaría quedar fuera de la Hacienda común y perder toda la recaudación por sociedades, además de que desataría una oleada de traslados de sedes operativas y de producción, con el consiguiente golpe a su capacidad recaudatoria.
En un escenario menos drástico, en el que Cataluña consiguiera algún tipo de modelo similar al régimen foral, tampoco podría contar con los más de 2.000 millones que ya ha perdido por el cambio de sede y, además, esta cifra se restaría de su cuenta en el cálculo de las balanzas fiscales.
En este caso, la región gestionaría sus propios impuestos, por lo que solo recaudaría la parte correspondiente del beneficio que generen las empresas en la región. Sin embargo, todos los resultados derivados de la actividad de la sede ya están fuera de Cataluña, por lo que no podría contar con esta base imponible que gravar.
Precisamente, los ejemplos de País Vasco o de Québec indican que cuando las tensiones independentistas desatan oleadas de traslados de sedes empresariales, aunque nunca consigan su objetivo rupturista, las compañías activan un progresivo movimiento de toda la operativa, lento pero constante, que afecta también al resto de tributos y a la creación de empleo.

¿'Espanya ens roba'?
La fuga de las sedes fiscales supondría que una Cataluña independiente perdería una buena parte de la recaudación generada por el impuesto de sociedades. Sin embargo, si no se consolida la independencia, el cambio de la sede fiscal fuera de la comunidad no tendrá ningún impacto en el cálculo de las balanzas fiscales, esto es, el saldo de lo que aporta cada región al conjunto del Estado y lo que recibe. Los dirigentes catalanes podrían seguir lamentándose por el 'maltrato fiscal'.

El Ministerio de Hacienda elabora anualmente este cálculo siguiendo la metodología desarrollada por Ángel de la Fuente, investigador de Fedea, Ramón Barberán, de la Universidad de Zaragoza, y Ezequiel Uriel, de la Universidad de Valencia. En 2014, último ejercicio con los datos cerrados, el saldo de Cataluña con el resto del Estado fue de 9.892 millones de euros, la segunda región que más aportó por detrás de Madrid, cuyas transferencias netas fueron de 19.205 millones de euros. Eso sí, nada que ver con los 16.000 millones que denunció Puigdemont en su declaración unilateral de independencia suspendida del martes.
Este cálculo no se verá afectado por el cambio de sede fiscal de las compañías que abandonen Cataluña, ya que la metodología está elaborada precisamente para imputar cada euro de impuestos al territorio en el que se genere, independientemente de dónde se paguen. El de sociedades es un tributo estatal que abona íntegramente cada empresa donde tiene su sede, pero no genera todo este beneficio en su domicilio fiscal, sino en todos los territorios en los que tenga negocio. Para evitar esta distorsión, el cálculo estima los resultados empresariales generados en cada comunidad a partir de indicadores de consumo, rentas, etc.

“El IVA, igual que sociedades, se imputa a donde se ha generado”, por lo que el efecto del cambio de sede de las empresas no tiene ningún reflejo sobre las balanzas fiscales, explica De la Fuente. Esto significa que Cataluña, si sigue dentro de España, seguirá teniendo un déficit en su balanza fiscal con el resto del Estado, pero este será cada vez menor, porque cada persona que se traslade al nuevo cuartel general, y algunas compañías como Sabadell ya han reconocido que van a aprovechar el cambio de sede para organizar algunas direcciones, pasarán a tributar en el nuevo territorio.
El cambio de domicilio social apenas tendrá impacto en el cálculo de las balanzas fiscales
Además, hay un tributo que se verá directamente afectado por el efecto del cambio de sede en el cálculo de las balanzas fiscales: el de actos jurídicos documentados, que grava la firma de documentos notariales, administrativos y mercantiles. Se trata de un impuesto autonómico que no está ajustado a la hora de hacer el cálculo del saldo territorial. Las empresas realizan acciones sujetas a este impuesto en su sede, pero en realidad pueden responder a operaciones que realizarán en cualquier otra parte del país. Por ejemplo, una emisión de capital, o de deuda, una adquisición, etc. tributarán la parte correspondiente al acto jurídico en la comunidad en la que esté la sede, aunque ese dinero se utilice en cualquier otra región.

En cualquier caso, la recaudación de este impuesto es baja (AJD e ITP recaudaron 7.321 millones en 2016, de los que la mayor parte vino por el impuesto de transmisiones patrimoniales), por lo que su impacto total en las balanzas fiscales sería muy reducido. Además, una buena parte de la recaudación por actos jurídicos documentados se genera con la firma de hipotecas y créditos que conceden los bancos. Este tributo se abona directamente en la comunidad en la que se ha registrado, por lo que tampoco impacta en el cambio de sede fiscal del banco.

FUENTE: Con información de RUTH UGALDE - JAVIER G. JORRÍN - https://www.elconfidencial.com

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