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miércoles, 1 de noviembre de 2017

(Cataluña - España) ¿Y si Puigdemont se niega a declarar? La euroorden que permite detenerle en Bélgica

El abogado belga que representa a Carles Puigdemont, Paul Bekaerts, ha asegurado este miércoles que el 'expresident' no acudirá mañana a declarar ante la Audiencia Nacional, lo que supondría ignorar la citación judicial que le obliga a comparecer a las 9:00 horas por los delitos de rebelión, sedición y malversación. En caso de confirmarse esta decisión, la Fiscalía podría entonces solicitar a la jueza Carmen Lamela que entregue las correspondientes órdenes europeas de detención y entrega (OEDE) a las autoridades belgas, permitiendo así proceder al arresto del político catalán y el resto de 'exconsellers' en este país.
Bekaert ha dicho este miércoles a la agencia Associated Press que Puigdemont "no va a ir a Madrid", y ha sugerido que le interroguen en Bélgica. "Es posible, está previsto legalmente", ha asegurado el letrado. De todos modos, todo apunta a que la Audiencia Nacional rechazará esta propuesta y, en su lugar, pondrá en marcha la conocida como 'euroorden'. Dichas órdenes europeas sustituyen el procedimiento de extradición entre los estados miembros de la Unión Europea (UE) con un sistema ágil de entrega que se aplica en España desde 2004, después de que se traspusiera a nuestro ordenamiento una directiva europea de 2002.

El procedimiento de la OEDE persigue simplificar los trámites y la documentación a remitir mediante la creación de un documento único para tramitarla. La regulación europea reduce de esta manera los motivos de denegación de la extradición y suprime el principio de doble incriminación en determinadas circunstancias, concretamente en una lista de delitos en la que no está la rebelión y la sedición, pero sí algunos de corrupción, por lo que cabría la posibilidad de que se le aplicara a Puigdemont, que está imputado por malversación.
En caso contrario, los delitos que se achacan al expresidente catalán deben estar tipificados en el ordenamiento jurídico belga para que se pueda proceder a la orden de detención y entrega. Según el ordenamiento jurídico belga, tanto Puigdemont como los 'exconsellers' que se negaran a presentarse ante la Audiencia Nacional serían entonces detenidos y puestos a disposición del juez, que decidiría sobre su puesta en libertad o mantenimiento en prisión hasta que se resolviese sobre la ejecución de la orden.

Si los reclamados aceptasen su entrega a España, ésta se haría sin más complicaciones, pero, de lo contrario, la decisión correspondería a la Cámara del Consejo de Bruselas, que dispondría de un plazo de quince días. Su decisión es recurrible en apelación (con lo que se abriría un nuevo plazo de quince días) y en último caso ante la Corte de Casación, que dispondría del mismo tiempo para resolver.
Pero, además, el juez instructor podría considerar que la información contenida en la orden de detención no es suficiente y requerir el envío de información complementaria. La ley belga establece una serie de motivos por los que la orden puede ser rechazada, como por ejemplo la existencia de razones para creer que su ejecución tendría como efecto una vulneración de los derechos fundamentales de la persona reclamada recogidos en el Tratado de la Unión Europea. En cualquier caso, si las personas afectadas aceptan la entrega, ésta debe realizarse en los diez días siguientes; si no la aceptan, la decisión debe tomarse en un plazo de sesenta días a partir de la detención.

FUENTE: Con información de Agencias - https://www.elconfidencial.com

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