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viernes, 6 de abril de 2018

(Panamá) Pugna legislativa frenaría remoción de Corcione y Mizrachi

Las diferencias políticas existentes entre el Órgano Ejecutivo y la mayoría legislativa de la Asamblea Nacional, conformada por diputados del Partido Revolucionario Democrático (PRD) y Cambio Democrático (CD), podrían prolongar la decisión del Consejo de Gabinete de remover a Nicolás Corcione y Henri Mizrachi como miembros de la Junta Directiva del Canal de Panamá.

Aunque en el artículo 318 de la Constitución Política no existe una normativa que explique el procedimiento para remover a nueve de los once miembros de la directiva del Canal, que nombra el Consejo de Gabinete, sí existe una ley que establece el mecanismo para removerlos y que deja en manos de la Asamblea esta decisión.

En el artículo 318 de la Constitución sí se indica claramente que el director de la junta directiva asignado por el Órgano Legislativo es de su libre nombramiento y remoción.

También señala que de los once miembros de esta junta directiva uno es designado por el presidente de la República, quien presidirá la Junta Directiva y tendría la condición de ministro de Estado para Asuntos del Canal. Mientras que los otros nueve directivos son nombrados por el presidente de la República con acuerdo del Consejo de Gabinete, y ratificados por el Órgano Legislativo, por mayoría absoluta de sus miembros.

EN MANOS DE LA ASAMBLEA

La norma que deja en manos de la Asamblea la decisión de acoger la remoción o no de Corcione y Mizrachi es la Ley 19 de 11 de junio de 1997, por la que se organiza la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).

El artículo 20 de esta normativa detalla que los miembros de la junta directiva serán suspendidos y, en su caso, removidos de sus cargos por la comisión de delito doloso o contra la administración pública.

De igual manera, indica que la suspensión o remoción de los directivos será aplicada sin perjuicio de cualquier sanción penal que proceda.

Según esta disposición legal, los directivos también podrán ser suspendidos o removidos por comprobada incapacidad física, mental o administrativa, mediante disposición del presidente de la República, con el acuerdo del Consejo de Gabinete y la Asamblea Legislativa.

Es precisamente la ‘incapacidad administrativa' de ambos funcionarios el argumento utilizado por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) para solicitar al Ejecutivo la remoción de Corcione y Mizrachi, en virtud de que, de acuerdo con un informe remitido por el ministro del Canal, Roberto Roy a la Antai, el primero ha faltado a 73 reuniones de la junta directiva y el segundo, a 52 sesiones.

La remoción de estos dos directivos se solicitó debido al ‘ausentismo prolongado de ambos' a las reuniones de la directiva del canal.

Corcione y Mizrachi son investigados por la Fiscalía Primera Especializada contra la Delincuencia Organizada por el supuesto uso de fondos públicos para adquirir las acciones de Editora Panamá América, S.A. (Epasa).

Los miembros del Consejo de Gabinete ya acordaron autorizar al equipo de Asesoría Legal de la Presidencia a preparar la resolución de remoción que será enviada a la Asamblea Nacional.

CORCIONE SE DEFIENDE

En una entrevista publicada este jueves por La Estrella de Panamá , Corcione afirmó que su despido marca un ‘precedente nefasto' para la entidad.

También expresó que el total de sus asistencias desde marzo de 2010, cuando asumió el cargo (no de 2015 a 2017), ‘no deja duda de mi participación activa y contribuciones objetivas a la Junta Directiva del Canal de Panamá y los distintos comités, donde hemos hecho un trabajo reconocido por organizaciones mundiales', indicó.

PROCESO AVANZA

El ministro y presidente de la Junta Directiva del Canal, Roberto Roy, explicó que el proceso de remoción de Corcione y Mizrachi ‘está andando y habrá que esperar sus resultados'.

Indicó que la junta directiva no tiene la facultad legal de hacer nada con respecto a la permanencia o no de sus miembros en sus cargos. ‘Estamos esperando que esto vaya adelante de acuerdo a lo planteado en el Consejo de Gabinete y esperaremos ver los resultados en la Asamblea, que es donde se tendrá que decidir eso'.

Agregó que no existe un reglamento sobre las asistencias, y enfatizó que le debe quedar claro al público que estos directivos no reciben salario y si uno de ellos se ausenta a una reunión de junta directiva tampoco recibe dieta.

En tal sentido, el viceministro de la Presidencia, Salvador Sánchez, explicó que aunque la medida de remoción de los miembros de la directiva del Canal está plasmada en la Ley 19 de 1997, el procedimiento que debe utilizar la Asamblea para considerar la remoción de ambos directivos no está regulado.

‘La Asamblea deberá tomar su decisión, este caso es inédito', destacó el viceministro Sánchez.

PRD Y CD ADVIERTEN INJERENCIA POLÍTICA EN LOS ASUNTOS DEL CANAL DE PANAMÁ

El presidente de la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional, el diputado Fernando Carrillo, del partido Cambio Democrático (CD), y el diputado perredista Elías Castillo advirtieron ayer la injerencia de la política en la decisión del Consejo de Gabinete de remover a Nicolás Corcione y Henri Mizrachi como miembros de la Junta Directiva del Canal de Panamá.

Para Carrillo, es obvio que hay un elemento político en esta decisión y dijo no haber escuchado que la junta directiva se haya pronunciado en ese sentido.

‘Todo esto nace de parte de otros elementos ajenos al Canal; cuando actores externos se involucran y estos elementos pertenecen a la estructura de un gobierno que al final es el resultado de un proceso político electoral, obviamente la política se está inmiscuyendo', dijo .

Mientras que el diputado Castillo, también miembro de la Junta Directiva del Canal de Panamá, en representación del Órgano Legislativo, puso en dudas el por qué ahora el Consejo de Gabinete viene a conocer este tema, sobre todo cuando ya se avecina el nombramiento de un nuevo administrador del Canal por parte de la junta directiva.

Recordó que el periodo del administrador del Canal, Jorge Quijano vence después de las elecciones de 2019, después de la toma de posesión del próximo presidente de la República.

En tal sentido, indicó que adelantarse a ambos acontecimientos es un tema que habría que ponderar políticamente. ‘Pudiera ser que ya se empiezan a hacer cálculos de números dentro de la junta directiva para la escogencia del nuevo administrador', aseguró.

Tras una reunión de la Comisión de Credenciales, Carrillo informó que se solicitó a los asesores jurídicos un informe para definir si es al pleno o a esta instancia a quien le corresponde tramitar el proceso de remoción.

DIRECTIVOS
La directiva del Canal tiene once miembros

Roberto Roy

Marco A. Ameglio

Francisco Sierra Fábrega

Ricardo Manuel Arango

Óscar Ramírez

Henri Mizrachi

José Sosa

Elías Castillo

Alberto Vallarino

Lourdes Castillo

Nicolás Corcione

El artículo 20 de esta normativa detalla que los miembros de la junta directiva serán suspendidos y, en su caso, removidos de sus cargos por la comisión de delito doloso o contra la administración pública.

De igual manera, indica que la suspensión o remoción de los directivos será aplicada sin perjuicio de cualquier sanción penal que proceda.

Según esta disposición legal, los directivos también podrán ser suspendidos o removidos por comprobada incapacidad física, mental o administrativa, mediante disposición del presidente de la República, con el acuerdo del Consejo de Gabinete y la Asamblea Legislativa.

Es precisamente la ‘incapacidad administrativa' de ambos funcionarios el argumento utilizado por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) para solicitar al Ejecutivo la remoción de Corcione y

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