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miércoles, 9 de mayo de 2018

(España) Llarena confirma el procesamiento de Puigdemont y los 24 acusados del 'procés'

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado este miércoles los recursos de Carles Puigdemont y otros 22 acusados en la causa sobre el 'procés' contra su procesamiento. En un auto, el juez desvela, además, que los datos aportados por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, coinciden con los indicios de malversación que se manejan en la causa. La decisión supone la confirmación del procesamiento de un total de 25 personas —dos de los investigados no recurrieron, por no considerarse personados—, aunque para que la decisión sea firme debe avalarla la Sala de Apelaciones.

El magistrado se reafirma en lo que ya dijo el pasado 21 de marzo e insiste en que la rebelión está acreditada, dado que en los hechos analizados concurre el requisito de violencia. Además, aclara que la información que remitió el departamento que dirige Montoro no solo no contradice sino que coincide —al apreciar indicios de fraude— con la investigación del TS sobre el uso de fondos públicos para el referéndum del 1-O. En este sentido, destaca que los acusados silenciaron en sus argumentos en las últimas comparecencias parte de las manifestaciones de Montoro que, de hecho, apuntó a la "posibilidad material de que pueda existir una mecánica de fraude oculta y no confirmada".

El juez precisa que la información remitida por el Ministerio de Economía y Hacienda evidencia la incorrección del alegato de los recurrentes, pues “no solo no acredita que la investigación de este proceso se muestre errónea, sino que la propia fiscalización de las cuentas de la Generalitat que se ha llevado por el Ministerio de Hacienda detectó [y mucho antes de que se desatara la polémica que la defensa esgrime] determinados marcadores que sugerían lo que el auto de procesamiento sostiene, impulsando por ello el Ministerio de Hacienda a que se realizara la indagación judicial que en este procedimiento se desarrolla”.

En su auto, recoge que la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) ha dictado cuatro acuerdos, conforme con las previsiones de la Ley orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para el control presupuestario de la comunidad autónoma de Cataluña. Los mismos —indica el juez— establecen mecanismos de control que descansan en el suministro de información de alcance estrictamente presupuestario y contable, a partir de un sistema de certificados y de declaraciones responsables, de suerte que el control primero no supone necesariamente que la realidad fáctica o material sea coincidente con la documentación presupuestaria y contable con la que se cuenta.

El magistrado detalla que, además de los controles administrativos, el ministerio ha reclamado información de control a través de diversos requerimientos realizados a la intervención de la comunidad autónoma, así como las denuncias que desde el mes de septiembre de 2017 Hacienda ha venido formulando ante la Fiscalía General del Estado para que investigue posibles responsabilidades penales de autoridades o funcionarios de la Generalitat de Cataluña en relación con las campañas promocionales del referéndum, además de la financiación a través del Diplocat de los gastos generados por los expertos internacionales contratados para el seguimiento del referéndum.

El juez subraya que "la alegación de las defensas de que el procesamiento por este delito es injustificado, utilizando para ello una mención incompleta de las manifestaciones hechas por el ministro de Hacienda en una entrevista periodística, no desbarata los indicios que la investigación recoge. Antes al contrario, se aprecia que algunos de los indicios de fraude surgidos con ocasión del control presupuestario, y denunciados en su día ante la Fiscalía General del Estado, son coincidentes con la investigación de la realidad fáctica que sostiene esta instrucción".

En su auto, aglutina los indicios del presunto delito de malversación investigado, tanto los que existían cuando se dictó el auto de procesamiento como los reunidos en la pieza secreta que se levantó después de esa fecha. Así, enumera las pruebas reunidas en lo que se refiere a los costes relacionados con la publicidad del referéndum en los medios de comunicación públicos (una campaña en abril de 2017 con el eslogan 'sí o no' sobre el mapa de Cataluña y otra campaña el 4 de septiembre de 2017 para fomentar la participación en la votación del 1-O), la distribución de documentación electoral, los sobres para remisión de cartas certificadas, los gastos de folletos de propaganda y cartelería, así como los gastos derivados de la intervención de una pluralidad de observadores internacionales (pagos en el extranjero a la sociedad neerlandesa The Hague Centre for Estrategic Studies y gastos de Diplocat).

Conspiración para la rebelión
El auto tienen otro punto revelador. El juez deja caer, por primera vez, que la calificación de 'rebelión' no es definitiva y se puede modificar en pasos más avanzados del procedimiento. Menciona que lo sucedido a partir de septiembre en Cataluña y que desembocó en una declaración unilateral de independencia, puede encajar también en una "conspiración para la rebelión" o "sedición".

Rechaza la pretensión de las defensas de que no se produjo un alzamiento violento y vuelve a insistir en que lo sucedido durante las manifestaciones del 20 de septiembre, coincidiendo con la operación Anubis "satisface inicialmente la consideración de fuerza violenta". A esto suma los acontecimientos del 1-O en que, recuerda, varios agentes resultaron heridos. "El comportamiento va más allá de la legítima reivindicación de un posicionamiento político-ideológico", explica.

Hoy mismo, la Fiscalía ha reclamado que se mantenga en prisión a los cinco diputados que fueron encarcelados tras su procesamiento por rebelión y malversación. En una vista celebrada en presencia de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y del exconsejero catalán de Presidencia Jordi Turull, el Ministerio Público se ha opuesto a la puesta en libertad que reclaman. Ambos acusados han defendido su inocencia e insistido en que no incumplieron la ley con sus actos, y han alegado vulneración de sus derechos políticos en el procedimiento que instruye el magistrado Pablo Llarena.

Recuerda que el Rey tuvo que intervenir
En el auto, Llarena ha recordado que la insurrección promovida por los artífices del proceso soberanista fue de tal envergadura que el rey Felipe tuvo que dirigir un mensaje a la nación y reclamar a la Generalitat respeto al orden constitucional democrático.

En su argumentación sobre la existencia de un delito de rebelión, el juez insiste en que hubo violencia "conscientemente asumida y buscada" y destaca la envergadura de la insurrección, en la que se insertaron esas expresiones de violencia durante el referéndum ilegal del 1-O y días después, con movilizaciones que implicaron cortes de carreteras.

Hasta el punto —añade— de que el Rey, como jefe del Estado, "dirigió un mensaje a la nación y reclamó al Gobierno de la Generalitat de Cataluña que respetara el orden constitucional democrático, y apeló a todos los funcionarios del Estado y de las comunidades autónomas a que cumplieran con sus obligaciones constitucionales".

FUENTE:  Con información de BEATRIZ PARERA - https://www.elconfidencial.com - (PULSE AQUÍ)

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