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martes, 15 de mayo de 2018

(Panamá) Delación premiada, ‘impunidad' para empresarios

Las delaciones premiadas que está acordando el Ministerio Público (MP) son una ventana abierta para la impunidad de empresarios vinculados a actos ilícitos, apuntan abogados consultados por La Estrella de Panamá.

Los comentarios responden a una publicación de este medio de comunicación que establece que el empresario y gerente de constructora Rodsa, S.A., Juan Alexis Rodríguez Sáez, ha sido beneficiado con un acuerdo que lo convierte en testigo de una causa criminal, después de haber pagado coimas y empleado una estructura ilegal denominada Blue Apple, que manejó cerca de $40 millones en cinco cuentas bancarias en tres bancos de la localidad: General, Capital Bank y Banesco.

El empresario Juan Alexis Rodríguez Sáez (c) cuando recibió un reconocimiento por su apoyo a la Escuela José Daniel Crespo, en Chitré.

Rodríguez Sáez, después de que se firmó y se validó su colaboración, regresó al Ministerio Público para ampliar indagatoria y aportar información relevante para este caso. En aquella ocasión, febrero de 2018, el empresario reconoció que hizo pagos irregulares a Corporación Energía del Istmo por $2.8 millones a solicitud del entonces ministro de Obras Públicas (MOP), Jaime Ford.

Rodríguez Sáez dijo que se enteró por los medios de comunicación de que Corporación Energía del Istmo, S.A. estaba siendo relacionada con la investigación y recordó que había hecho esos pagos.

El empresario había sido acusado del delito contra la administración pública, en la modalidad de corrupción, en el expediente que se adelanta por el pago de coimas a funcionarios través de la sociedad Blue Apple Service.

‘Es consistente que al firmar y homologar el acuerdo el empresario no dijo toda la verdad de los pagos indebidos que realizó a funcionarios de la pasada administración. ¿Tiene validez este acuerdo?', inquiere una fuente judicial.

Pero, según el abogado Ernesto Cedeño, jurídicamente no hay manera de que los acuerdos sean revocados. ‘La Ley no posibilita que se impugne un acuerdo debidamente homologado por un juez de garantías', dice.

Rosendo Rivera, abogado, sin embargo, explicó que la normativa que rige los acuerdos en el sistema inquisitivo deja un margen para que el MP verifique si el colaborador mintió u ocultó información relevante.

La Ley 4 de febrero de 2017 establece que se podrá acordar una rebaja de pena o se mantendrá en suspenso la apertura de la causa criminal hasta que se concreten las condiciones de los acuerdos. ‘La condición de colaboración eficaz está sujeta a que toda información que se brinde sea verificada. De lo contrario, no se cumpliría con el criterio de ‘colaboración eficaz' y se estaría dando un beneficio sin obtener nada a cambio', añade Rivera sobre este tema. ‘Esa ley establece que si la información que se brinda no es efectiva, el juez que valida el acuerdo puede revocarlo', explicó Rivera.

El jurista concluye que estos acuerdos fueron concretados por el MP con el propósito de ocultar información. ‘Ahora no vamos a saber nunca cuáles fueron los beneficios que se brindaron a estas personas y qué dieron a cambio. Estas no son delaciones, sino premiaciones, por el solo hecho de acusar a determinadas personas', destaca.

Cedeño, por su parte, considera que la figura de los acuerdos de delación se está ‘prostituyendo' y convirtiendo en ‘caldo de cultivo para la impunidad'. ‘Ningún empresario beneficiado con la delación premiada ha sido detenido y, por el contrario, siguen contratando con el Estado', agregó el abogado especialista en Derecho Penal sobre la insólita confesión que realizó el gerente de Rodsa.

A nivel internacional, las delaciones favorecen la captura de delincuentes de alta envergadura. Pero aquí, reclama Cedeño, no se hace una cosa ni la otra. El MP ha utilizado esta figura para beneficiar a empresarios que cometieron ilícitos sin que se evidencien buenos resultados, concluye Cedeño.

MARCO LEGAL

Los acuerdos de colaboración son conforme a la Ley 4 del 17 de febrero de 2017. Esta norma, en su artículo 4, numeral 2, establece que el MP y el imputado, en compañía de su defensor, podrán realizar acuerdos de penas o colaboración, a partir de la diligencia que ordena la indagatoria y antes de la celebración de la audiencia ordinaria.

Los acuerdos deben establecer la aceptación del imputado de los hechos expresados en la resolución de indagatoria o parte de ellos, así como la pena a imponer.

La colaboración eficaz del imputado busca el aporte de información esencial para descubrir autores o partícipes de delitos.

Una vez establecido el acuerdo, el fiscal deberá presentarlo ante el juez de la causa mediante acto de audiencia oral, quien únicamente podrá negarlo por desconocimiento de los derechos o garantías fundamentales, o en caso de que existan indicios de corrupción o venalidad.

Aprobado el acuerdo, el juez procederá a dictar sentencia. De ser condenado el imputado, se impondrá una pena que no podrá ser mayor a la acordada ni inferior a una tercera parte de la que le corresponde por el delito.

La normativa, sin embargo, dice que la solicitud de causa criminal quedará en suspenso hasta que se concreten las condiciones del acuerdo, decretándose la ruptura de la unidad procesal respecto al colaborador eficaz.

La apertura de la causa queda en suspenso hasta que se cumpla con el compromiso de rendir testimonio. Pero si el imputado no cumple con lo acordado al verificar lo relativo a la acusación.

Este medio de comunicación pudo comprobar que el acuerdo de delación fue validado por un juez. Sin embargo, aún no se ha producido la ruptura de la unidad procesal porque está sujeto a condiciones que el empresario debe cumplir, entre ellas, limitaciones para participar en los proyectos del MOP.

SOBRE RODSA

Rodsa es una empresa de construcción panameña constituida en 1996, con sede en Chitré, provincia de Herrera.

A partir del año 2000, inicia un proceso de integración vertical y horizontal, con la ampliación de líneas de negocio, así como la participación en proyectos fuera de las provincias centrales. Se sitúa como una de las diez empresas constructoras más grandes de capital panameño.

ELACIONES DEMUESTRAN INCAPACIDAD DEL MP
El uso de acuerdos de delación premiada esconde las debilidades del Ministerio Público para instruir investigaciones robustas en las tramas de corrupción.

Juan Carlos Araúz, abogado especialista en Derecho Penal, considera que la recurrencia a las delaciones premiadas demuestran la imposibilidad de la institución para lograr los mismos resultados mediante sus investigaciones técnicas.

El abogado explicó que antes de la creación de la Ley 4 de febrero de 2017, que inserta la figura de los acuerdos, el sistema inquisitivo era muy ineficiente y no existían posibilidades de descubrir los hechos.

Las tramas de corrupción y crimen organizado requieren muchas pruebas para lograr sentencias condenatorias.

El Ministerio Público, sin embargo, revela una capacidad disminuida y por ello acude a los acuerdos de delación. ‘Si no se hacen acuerdos, saldrían con las manos vacías, sin una condena', concluye.

Para evitar la colaboración del autor de un hecho delictivo,

Araúz recomienda fortalecer el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y la autonomía de la agencia de instrucción con personal capacitado y estabilidad laboral.

Araúz cree que la sociedad requiere de una institución que con sus propios recursos pueda desentrañar las causas de corrupción, sin necesidad de pedir auxilio a quienes cometen los hechos delictivos.





FUENTE: Con información de Marlene Testa - http://laestrella.com.pa - (PULSE AQUÍ)

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