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viernes, 8 de junio de 2018

(Panamá) Pleno de la Corte no admite denuncia penal contra presidenta de la Asamblea Nacional

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó ayer admitir una denuncia presentada por el contralor general de la República, Federico Humbert, contra la diputada de Cambio Democrático (CD) y presidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego, por la presunta comisión del delito contra la administración pública, en perjuicio de la Contraloría General de la República.

El recurso legal fue interpuesto el pasado 18 de mayo ante la Corte luego de que, según Humbert, la presidenta del Órgano Legislativo impidió que auditores de la Contraloría iniciaran el pasado 16 de mayo una auditoría forense a la planilla 080 de la Asamblea que es asignada a los diputados para contratar a su personal de confianza.


La denuncia de Humbert fue rechazada por falta de la prueba idónea y con una votación de siete magistrados a favor de la no admisión, uno en contra y una abstención.

Votaron a favor de la no admisión: Oydén Ortega (ponente), Ángela Russo, Abel Zamorano, Cecilio Cedalise, José Ayú Prado, Efrén Tello (suplente de Luis Ramón Fábrega) y Jerónimo Mejía.

Mientras que Secundino Mendieta (suplente de Hernán De León) se abstuvo de votar y Harry Díaz salvó su voto al no estar de acuerdo con la decisión.

SUPUESTO DELITO

En su denuncia, Humbert alegaba que Ábrego había incurrido en el delito de abuso de autoridad y extralimitación de los deberes de servidor público luego de que el pasado 16 de mayo miembros de la seguridad de la Asamblea impidieran el ingreso de un equipo de auditores a la Asamblea, quienes iban a comunicar e iniciar una auditoría forense a la planilla 080.

Ábrego les informó que se requería una ‘autorización' de la Corte para iniciar esta auditoría.

En su momento, la presidenta de la Asamblea cuestionó que el anuncio de la auditoría forense se dio sin que aún la Contraloría le informe de los resultados de la ‘revisión concomitante' iniciada el pasado 4 de marzo y sin haberles permitido el derecho a descargos.

La denuncia penal de Humbert se da luego de que ese mismo 16 de mayo la presidenta de la Asamblea presentara un amparo de garantías constitucionales contra la resolución de la Contraloría, que ordenó realizar la auditoría forense a esta planilla.

Posteriormente, la Sala Tercera de la Corte, el pasado 29 de mayo, admitió el amparo de garantías interpuesto por Ábrego.

En su oficio de 29 mayo de 2018, el magistrado sustanciador, Cecilio Cedalise, explicó que ‘se requiere a dicha autoridad administrativa el envío de la actuación correspondiente si la hay, o en su defecto, un informe acerca de los hechos materia de esta acción, dentro del término de dos horas, siguientes a la presentación de la notificación de esta Resolución Judicial, conforme se prevé en los artículos 2621 y 2622 del Código Judicial'.

El artículo 2621 del Código Judicial establece taxativamente, que ‘el funcionario requerido cumplirá la orden impartida dentro de las dos horas siguientes al recibo en su oficina de la nota requisitoria; suspenderá inmediatamente la ejecución del acto, si se estuviere llevando a cabo, o se abstendrá de realizarlo mientras se decide el recurso, y dará enseguida cuenta de ello al tribunal del conocimiento'.

¿BLINDAJE?

Para el abogado Ernesto Cedeño, quien ha sido un fuerte crítico de los diputados en este tema, mientras que exista la exigencia de la llamada prueba idónea que no es más que los elementos de convicción que se deben presentar y que vinculan a un diputado con la comisión de un hecho ilícito y que es obligatoria para el denunciante, ‘va a haber un manto de impunidad de los diputados, ese es el blindaje que tienen los diputados', dijo.

Sostuvo que en Panamá no ha prosperado una sola denuncia contra un diputado por la exigencia de la prueba idónea, por lo que consideró que en una futura reforma constitucional se deben tomar los correctivos para que no haya un fuero ni privilegios a favor de los diputados en detrimento de la transparencia.

En tanto, Annette Planells, del Movimiento Independiente (Movin), calificó como un ‘acto de cobardía' por parte de los magistrados al rehuir su obligación constitucional de investigar a los diputados, amparándose en la excusa de la prueba idónea.

‘Es un hecho público y notorio que Yanibel Ábrego impidió la auditoría forense, le corresponde a los magistrados decidir si este acto es o no una violación a la ley, no hacerlo los pone a ellos a incumplir sus obligaciones constitucionales', aseguró Planells.

DECLARA NO GRATO A DIPUTADO

El Congreso General Guna decidió declarar persona no grata al diputado del partido Cambio Democrático (CD) Absalón Herrera, tras repudiar el nombramiento de sus familiares con la planilla de la Asamblea Nacional.

En una resolución firmada por los tres caciques generales y por al menos 49 dirigentes de comunidades gunas que integran este congreso, se decidió cancelar todos los permisos de transporte terrestre y marítimo que tenga el diputado en Guna Yala a su propio nombre o por intermedio de terceras personas.

En el Congreso se informó del presunto cobro por parte de los caciques de $1,500 procedentes de la planilla legislativa, en concepto de donación que se recibió supuestamente de la planilla de Herrera y se acordó prohibir a los caciques recibir este tipo de ayudas.

CRONOLOGÍA
Planilla 080

El 4 de marzo la Contraloría inicia revisión concomitante de la planilla 080.

El 16 de mayo el contralor Humbert ordena realizar una auditoría forense a esta planilla. Ese mismo día la Asamblea presenta un amparo de garantías contra esta decisión.

El 18 de mayo Humbert presenta denuncia penal contra Yanibel Ábrego.

El 29 de mayo la Corte admite el amparo de garantías de Ábrego.

El 5 de junio Humbert suspende pagos de la planilla 080.

El 7 de junio el pleno de la Corte no admite denuncia penal contra Yanibel Ábrego.

En consecuencia, la Asamblea Nacional aguarda la decisión de fondo de la Corte Suprema de Justicia, atendiendo a la máxima corporación de justicia.

¿BLINDAJE?

Para el abogado Ernesto Cedeño, quien ha sido un fuerte crítico de los diputados en este tema, mientras que exista la exigencia de la llamada prueba idónea que no es más que los elementos de convicción que se deben presentar y que vinculan a un diputado con la comisión de un hecho ilícito y que es obligatoria para el denunciante, ‘va a haber un manto de impunidad de los diputados, ese es el blindaje que tienen los diputados', dijo.

Sostuvo que en Panamá no ha prosperado una sola denuncia contra un diputado por la exigencia de la prueba idónea, por lo que consideró que en una futura reforma constitucional se deben tomar los correctivos para que no haya un fuero ni privilegios a favor de los diputados en detrimento de la transparencia.

En tanto, Annette Planells, del Movimiento Independiente (Movin), calificó como un ‘acto de cobardía' por parte de los magistrados al rehuir su obligación constitucional de investigar a los diputados, amparándose en la excusa de la prueba idónea.

‘Es un hecho público y notorio que Yanibel Ábrego impidió la auditoría forense,

FUENTE: Con información de Gustavo A. Aparicio O. - http://laestrella.com.pa - (PULSE AQUÍ)

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