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domingo, 26 de noviembre de 2017

(Panamá) Denuncian abusos de empresas de electricidad

El proyecto de ley 493 que tiene el objetivo de permitir a la Autoridad de los Servicios Públicos (Asep) salvaguardar los derechos de los usuarios del servicio eléctrico ante daños a sus equipos eléctricos por deficiencias de las distribuidoras, aún no ha sido implementado por la demora en su sanción por parte del Ejecutivo.

Una vez que la Asep falla a favor de algún usuario al interponer su denuncia o queja ante algún daño en sus equipos electrodomésticos por apagones producto de ineficiencia en el servicio, las distribuidoras en la mayoría de los casos apelan e interponen recursos y acciones legales ante la Corte para dilatar, minimizar, evitar sanciones, resultando muchas veces temerarios en la interposición de las mismas, según se señala en la exposición de motivos del citado proyecto.

Problemas de flujo de voltaje, que afectan los equipos eléctricos en comercios, industria y viviendas es uno de los reclamos más frecuentes, además de alto consumo.

De acuerdo con un informe de la Autoridad de los Servicios Públicos (Asep), hasta el 27 de octubre, Asep recibió 3,179 reclamos de los servicios públicos de electricidad, agua y telecomunicaciones, de los cuales, 2,683 reclamos corresponden al sector de electricidad.

Rodrigo Rodríguez, director de la Dirección de Electricidad de la Asep, señaló que mediante resolución AN 11201 Elec de 27 de abril de 2017 y AN 11202 Elec de 27 de abril de 2017, la Asep ordenó a la Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste (Edemet) y a la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí (Edechi) aplicar la reducción tarifaria por el incumplimiento de las normas de calidad de servicio durante los años 2011-2012 por la suma de $10 millones 735 mil 568 dólares y 3 millones 651 mil 566 dólares, respectivamente.

Sin embargo, explicó que dichas empresas de distribución presentaron amparo de garantías constitucionales ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, por ende, no se ha podido efectuar la aplicación correspondiente a la resolución tarifaria del año 2011-2012 hasta que la Corte se pronuncie.

"Esta entidad reguladora se ha visto en la situación de no poder continuar con la aplicación de la reducción tarifaria para los años 2013-2014-2015-2016, y así beneficiar a los clientes finales, ya que las empresas de distribución han presentado advertencias de ilegalidad para dichos años, por lo que también se está en espera de que la Corte Suprema de Justicia se pronuncie al respecto", manifestó.

Explicó que en "las modificaciones a la Ley 26 de 29 de enero de 1996 y la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, aprobadas por la Asamblea y remitida al Ejecutivo, se establece un mecanismo para evitar el abuso de la interposición de recurso (advertencias de ilegalidad e inconstitucionalidad), cuya finalidad es evitar que sean aplicadas multas, sanciones y penalidades que implican pagos a favor de los clientes por parte de las empresas", dijo Rodríguez.

Giovanny Fletcher representante de los consumidores indicó que les preocupa que el proyecto de ley que busca hacer justicia a los usuarios del servicio eléctrico vaya a ser vetado ante la demora en la pronunciación del Ejecutivo.

Indicó que las autoridades del sector público no tienen funcionalidad real a favor de los usuarios de los servicios públicos, ya que el modelo estructural que se creó desde 1996 debe cambiar y ser menos permisivo.

Fletcher dijo que la no sanción de este proyecto tan importante que crea un nivel más de control sobre distribuidoras manda un mensaje dañino frente a la realidad práctica que es la presentación diaria de reclamos por parte de los usuarios de los servicios públicos.

Datos

30 días tendrá el distribuidor para dar una solución a los usuarios ante daños eléctricos.

60 días calendario tendrá el prestador para transferir beneficio a usuarios.

FUENTE: Con información de http://panamaamerica.com.pa

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