Además, ha aceptado la personación de los 'exconsellers' Clara Ponsatí y Lluís Puig. Los tres solicitaron al juez personarse el pasado 20 de marzo, pero el magistrado lo denegó debido a que en aquel momento no habían sido localizados y no se encontraban a disposición de este tribunal. Ahora considera que sí procede aceptar la personación al haber sido detenido Puigdemont en Alemania el 25 de marzo como consecuencia de la orden de detención emitida por él y al estar tramitándose las que afectan a los otros dos investigados.
El juez del Tribunal Supremo procesó este viernes al 'expresident', a su 'exvicepresident', Oriol Junqueras, y al candidato a la presidencia de Cataluña Jordi Turull, por rebelión. En un extenso auto que abre una nueva fase en el procedimiento, el magistrado desgrana las responsabilidades de otros 10 acusados, a los que sitúa en la cúpula de la estrategia para la separación ilegal con el Estado por el delito más grave de los que se les acusaba, penado con hasta 30 años de cárcel. Sabían que el "fanatismo violento" se iba a desatar y aun así continuaron con su plan concertado para la independencia, dice el juez.
Nueve de estos 13 también resultan procesados por malversación, delito que afecta a un total de 14 personas. El resto, hasta alcanzar las 25 personas, es procesado por desobediencia. Quedan fuera tres personas: Artur Mas, Marta Pascal y Neus Lloveras. Todos los miembros del Govern cesado tendrán que hacerse cargo de una fianza colectiva de 2,1 millones de euros.
En el auto, el juez procesa además a los otros cinco exmiembros del Gobierno catalán cuando sucedieron los hechos, Meritxell Borràs, Lluís Puig, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Serret, por delitos de malversación de caudales públicos y de desobediencia. A Puigdemont, Junqueras y los siete 'consellers' procesados por delito de rebelión también los procesa por malversación, sin perjuicio de que su calificación pueda incardinarse en el delito específico de malversación (artículo 432 del Código Penal) o quedar absorbida en el delito agravado de rebelión con distracción de caudales públicos de su legítima inversión contemplado en el artículo 473.2 del Código Penal. En total, 25 de los acusados pasaron a estar procesados.
FUENTE: Con información de BEATRIZ PARERA - https://www.elconfidencial.com - (PULSE AQUÍ)