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domingo, 23 de septiembre de 2018

(Panamá) Eficacia del Sistema Penal Acusatorio está en el "ojo de la tormenta"

Un hombre ingresa con arma blanca en mano, sin permiso, a la propiedad de la precandidata a representante de Bella Vista, Azihra Valdés, con la intención de robar, intenta ingresar a la habitación de ella, pero finalmente es ‘sometido por la mujer, mientras la policía llega y se lo llevan a la entidad correspondiente.

El día en que el invasor es llevado a la audiencia del Sistema Penal Acusatorio (SPA), le dan libertad y solo le restringen el acceso al corregimiento donde está ubicada la residencia en donde ingresó ilegalmente.

No había pasado ni 48 horas después del dictamen de la jueza del caso, Josefa Monfante, cuando el hombre, que según dijo tiene sida y es un recolector de latas en Calidonia, fue atrapado por la policía, robando baterías de camiones en la Avenida Ricardo J. Alfaro (Tumba Muerto).
El hecho de que se dejara en libertad al supuesto ladrón y fuera capturado robando horas después, puso en la palestra, nuevamente, ciertas medidas cautelares y penas accesorias que dictan los jueces del nuevo Sistema Penal Acusatorio (SPA), que se comenzó a aplicar en forma gradual desde 2011.

Es hora de que la Asamblea haga una revisión al SPA, urgente, fue la reacción de la propia Azihra Valdés, tras conocer el hecho.

La indignación de la joven fue tal, que hasta reveló el nombre del individuo que entró en su hogar.

Para el siquiatra forense, Alejandro Pérez, la acción de este hombre puede radicar en que la ausencia del castigo motiva la creencia de ser impune y aumenta la probabilidad de repetir la acción.

Para el abogado Renato Pereira, la jueza Monfante podría ser denunciada por abuso de autoridad, pues ordenó la libertad inmediata del supuesto agresor, a pesar de que existían pruebas materiales de su peligrosidad.

Las medidas cautelares más comunes dictadas, partiendo del hecho de que la detención preventiva es la última instancia en la lista de opciones, son prohibición de salida del país, notificaciones semanales ante el Ministerio Público, además de restricción de ingreso a ciertas áreas del país.

También hay penas accesorias como el pago de multas, restricción del uso de redes sociales, trabajo comunitario, entre otras, relacionadas con el tipo de delito cometido, las cuales de no cumplirse, tendrá como final la detención del condenado.

No obstante, hay medidas cautelares que generan controversia.

Una que causó revuelo fue la dictada a Víctor Manuel Cárdenas, conocido como El Gatillero de Paraíso, quien portaba un arma que disparó a otra persona y solo le impusieron país por cárcel, además de firmar tres veces a la semana.
Tras la apelación de la fiscalía se decretó legal su detención hasta que concluyan las investigaciones.

Tampoco han sido bien vistos acuerdos de penas, que aunque hayan sido aprobados por un juez, dejan un sinsabor en la sociedad, por la sensación de injusticia que causa, si se equipara con la acción del que delinquió.

Para el abogado Sidney Sittón, esto se debe a que hay jueces y fiscales nombrados de a dedo, sin concursos, lo que trae como consecuencia, que no haya independencia judicial.

Además no hay un ente de judicatura que vigile la cantidad y calidad de los fallos.

FUENTE: Con información de http://panamaamerica.com.pa ->> Ir

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