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viernes, 27 de enero de 2012

Legislación nicaragüense tipifica el feminicidio como delito

El feminicidio fue tipificado como delito en Nicaragua, luego que el jueves los legisladores aprobaran por unanimidad la Ley Integral de Violencia contra las Mujeres.
El artículo 9 contempla que la condena por el delito de feminicidio oscila entre 15 y 20 años de cárcel y que podría alcanzar una pena de 30 años si "concurre cualquiera de las circunstancias del delito de asesinato" estipuladas en el Código Penal, reseñó el Nuevo Diario.

La tipificación de feminicidio responde a asesinatos vinculados a "las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres" y a aquellos que se perpetren "pretendiendo infructuosamente establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima".

La ley también estipula, en su artículo 15, que se hablará de violencia laboral contra la mujer cuando se impida u obstaculice su derecho al trabajo "a través del establecimiento de requisitos referidos a sexo, edad, apariencia física, estado civil, condición de madre o no, sometimiento a exámenes de laboratorio, prueba del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH/Sida) o de otra índole para descartar estado de embarazo, obstaculice o condicione el acceso, salario, ascenso o la estabilidad".

FUENTE: AVN

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