El juicio político quedó definido como "una acusación constitucional -o un proceso de orden constitucional- cuya finalidad es hacer efectivo el principio de responsabilidad de los servidores públicos, particularmente de los más altos cargos".
Al poder legislativo se le atribuye la competencia para convocar el juicio político, que incluye incluso al "jefe del Estado, al jefe de gobierno, a los ministros y a los magistrados de los tribunales superiores de justicia".
El proceso judicial quedó definido en dos etapas. La primera es de investigación y durará un tiempo determinado por el Congreso. La segunda será la discusión y votación, que no excederá los cinco días, detalló el sitio web de noticias hondureño Proceso Digital.
Para la destitución e inhabilitación del jefe del Estado se requerirá el voto de tres cuartas partes del Congreso (96 votos) y para el resto de lo servidores públicos dos terceras partes (86 votos).
FUENTE: AVN |