
Para dicho trámites la CSS mantiene a disposición del público la página web www.css.gob.pa/tramites, a través de la cual se detallan los requisitos, condiciones, términos y formalidades en el trámite para la inscripción de los empleadores, la afiliación de los empleados, dependientes, los aspirantes al régimen voluntario y domésticos. Cada uno de estos procesos debe ser perfeccionado en las distintas agencias administrativas a nivel nacional, en el Departamento de Afiliación de la Dirección Ejecutiva Nacional de Prestaciones Económicas, ubicado en los edificios Bolívar y 520 de Clayton.
"En principio, el trámite es responsabilidad directa del propio empleador o de la persona autorizada para ejecutar este proceso ante la CSS, por lo cual unilateralmente se realizan registros de extranjeros, sin que exista una real relación de trabajo, necesaria para ingresar al régimen obligatorio y obtener de esta forma la afiliación. El único propósito de ésta, sería dar vuelta a los requisitos exigidos para regular la condición migratoria de empleado extranjero ante el Servicio Nacional de Migración, tal como se ha comprobado con la experticia efectuada y denunciada por la institución a las autoridades judiciales competentes. Hasta la fecha, las investigaciones se continúan efectuando".
Agrega que la CSS es receptora de la información que suministra el empleador, por lo tanto debe reflejar la realidad de la actividad comercial a la cual se dedica, que demuestre una relación de trabajo existente. Cualquier irregularidad que se determine en contraposición con lo que establece la Ley 51 de 2005, Orgánica de la CSS, será objeto de sanción económica.
FUENTE: http://panamaamerica.com.pa