"Alejandro tenía 18 años recién cumplidos y no sabía que la tarjeta que le habían dado era falsa. Compró en una tienda que vende batidos al por mayor por valor de 79,20 euros y por eso está en la cárcel", dice a este periódico Javier Gómez Rosales, encargado de su defensa. Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Nacional (en PDF y anonimizada; Fernández es Isidro Daniel), ratificada íntegramente por el Supremo, narra una historia diferente. Fernández está sentenciado a cumplir una pena de cinco años en prisión por delito de falsificación de tarjetas de crédito y estafa; nada se menciona del episodio de los 80 euros.
Según la sentencia, que es firme, Fernández acudió el 15 de enero de 2010 al Carrefour Alameda de Málaga a bordo de un Golf rojo. En él viajaban tres personas más, amigos suyos, con antecedentes por hurto y lesiones. Efectuaron dos operaciones por importe de 299 y 257 euros con tarjetas falsas sin problema, pero regresaron para efectuar una última compra, una PlayStation y juegos por valor de 523 euros, y en ese momento fueron sorprendidos por las autoridades.
Alejandro Fernández junto a su abogado, Javier Gómez Rosales |
La Policía solo pudo detener a uno de los cuatro estafadores; los otros tres escaparon en el Golf al verlos. Fernández y otro compañero se entregaron días después en la comisaría de Málaga, si bien uno de ellos, Kamal, de nacionalidad nigeriana y considerado por Fernández como su "hermano mayor", todavía sigue en paradero desconocido. Precisamente la defensa de Fernández durante el juicio, como la de sus otros compañeros, se basó en acusar al africano de haberles engañado para obtener beneficios a través de las tarjetas falsas que él poseía, pero la jueza Ángela Murillo Bordallo no se creyó una sola palabra.
La sentencia es muy crítica con la declaración de Fernández. "A preguntas de la propia defensa, el acusado matizó que Kamal en lugar de entregarle dinero efectivo [para las compras] le dio dos tarjetas con el nombre y apellidos del declarante, pero él 'nunca había visto una tarjeta'. No obstante, pensó que todo era legal". Continúa el texto: "Este desconocimiento inicial sobre el carácter falsario de las tarjetas no se sostiene en pie un solo instante. Si nunca había poseído ni visto una tarjeta de crédito, y de pronto se encuentra con que le entregan dos, a su nombre, con las que puede adquirir los efectos que le apetezcan... ¿cómo puede pensarse que todo esto era legal, que no era malo?".
La conclusión de la jueza no deja lugar a dudas: "Lo que realmente sucede es que este acusado, como los otros dos, en juicio pretendieron descargar parte de sus respectivas responsabilidades en el ausente Kamal, manteniendo los tres al unísono que este mandaba sobre ellos, ordenándoles realizar compras con tarjetas que resultaron ser inauténticas, donde figuraban sus respectivos nombres, y que aquel les entregaba. Esta versión la rechazamos por inverosímil y contraria a la lógica más elemental".
La teoría de que Fernández desconocía qué es una tarjeta de crédito, a pesar de que tenía dos a su nombre, una de Caja España y otra de Caja Rural, se resquebraja no solo por la declaración judicial, sino por la versión del ahora convicto, que sostiene que solo utilizó las tarjetas para comprar unos batidos, los de los 80 euros, antes del episodio del Carrefour, en el que ahora dice no haber estado. No obstante, ante la jueza admitió todas las acusaciones.
En la operación posterior, que terminó con ocho imputados, se encontraron pasaportes, tarjetas y carnés falsos, además de los útiles necesarios para la falsificación de documentos. Gómez Rosales indica que Fernández nada tiene que ver con esto y que solo fue engañado por su amigo Kamal, "que además era mucho mayor que él".
La sentencia de la Audiencia Nacional fue recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, que ocho meses después la ratificó por completo. El juez Joaquín Giménez desestimó los recursos (en PDF y anonimizada; Donato es Fernández) aduciendo que Fernández fue "cooperador necesario al haber aportado a los autores materiales de la falsificación sus propios datos de identidad para hacerlos constar en las tarjetas", argumenta, "el recurrente, actuando de común acuerdo con los otros dos acusados y utilizando tarjetas espurias, realizó dos compras e intentó otra en Carrefour por un importe superior a 400 euros, lo que revela la existencia de un perjuicio para el titular de las tarjetas o para un tercero".
Rosales reconoce y acata esta sentencia, tan solo pide que se le explique documentalmente por qué le ha sido denegada la petición de indulto cumpliendo "todos lo requisitos para obtenerla". Si Fernández muestra buen comportamiento en prisión, podría obtener el tercer grado en 2019 y la condicional cuando haya cumplido tres cuartas partes de la pena.
FUENTE: A. Pascual - http://www.elconfidencial.com