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miércoles, 2 de octubre de 2019

(Panamá) El paso a paso de la demanda que declararía legal el matrimonio igualitario

Un proyecto de fallo en manos de un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, sobre un tema caliente, por lo general tiene un recorrido muy frío entre los despachos de sus colegas.

Podría tratarse de cualquier tema, en este caso, La Estrella de Panamá conoció el camino que recorrió el proyecto de fallo de la demanda que interpuso la firma Morgan y Morgan con el propósito de declarar inconstitucional el artículo 26 del Código de la Familia, que abriría la puerta al matrimonio de personas del mismo sexo en Panamá.

Dos expedientes, de parejas distintas, ingresaron a la Corte con el mismo propósito. Las demandas se acumularon en un expediente, pero después de tres años los magistrados aún no emiten un fallo al respecto.

El expediente se encuentra en el despacho del magistrado Luis Ramón Fábrega. En dos ocasiones circuló un proyecto de fallo entre sus colegas y en ambas oportunidades recibió observaciones de los magistrados que le motivaron a confeccionar un nuevo proyecto.

El primer proyecto de fallo recibió las observaciones de los magistrados Harry Díaz, Jerónimo Mejía, Abel Zamorano, Cecilio Cedalise y Efrén Tello, quienes no compartían los criterios empleados por Fábrega, ponente del proyecto, porque dejaba entrever que las normas, si bien prohibían las uniones, vulneraban normas internacionales alusivas al derecho a la igualdad, por lo cual solicitaron que fuera suprimido del proyecto. Aunado a eso, pidieron que se elimine el punto que instaba a la Asamblea Nacional a legislar sobre la materia.

De ahí el expediente parece estancarse en recusaciones contra el magistrado Cecilio Cedalisse por haber emitido concepto sobre el tema a un medio de comunicación. Luego se atoró en resolver un incidente de un hecho sobreviniente, que en palabras simples no es más que un recurso que presentó la firma Morgan y Morgan para que, antes de fallar, los magistrados tomaran en consideración la opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en 2018 recomendó a Costa Rica garantizar a las parejas del mismo sexo los derechos que existen en la legislación de la vecina nación.

Al tratarse de un tribunal internacional que Panamá reconoce, el bufete aprovechó la coyuntura para robustecer su demanda.

Después de dos años, este incidente se resolvió el 26 de septiembre pasado declarándolo “no viable”, lo que quiere decir que ese tipo de demandas no admiten ese tipo de incidencias.

Lo que coloca a Fábrega en el ojo público a la espera de un nuevo fallo que podría cambiar o preservar la estructura del Estado en su concepción de familia.

Sobre el incidente de un hecho sobreviniente que recién se resolvió, mientras se discutió en el Pleno, seis magistrados habían coincidido en declarar no probado o no viable, pero le solicitaron a Fábrega suprimir criterios jurídicos que se resolverían en el fondo de la controversia.

A la fecha los magistrados no han discutido a fondo el tema de la inconstitucionalidad del artículo 26 del Código de la Familia en el que se plasma la frase “entre un hombre y una mujer” como requisito para contraer matrimonio.

El tema ha recibido cientos de objeciones, así como de posiciones a favor. Incluso hubo una carta sobre el matrimonio igtualitario de la entonces vicepresidenta Isabel de Saint Malo dirigida a los magistrados de la Corte en la que mencionaba el criterio emitido por la CIDH sobre identidad de género, igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo.

Con respecto a la advertencia de inconstitucionalidad, seis magistrados de la Corte están de acuerdo a que se declare que no son inconstitucionales las normas y no se debe instar a la Asamblea a que legisle sobre el tema. Solicitan, por tanto, la discusión del proyecto en el Pleno, aunque no se ha retomado el tópico en el Pleno desde el 22 de noviembre de 2017.

El presidente de la República, Laurentino Cortizo, está a punto de nombrar tres nuevos integrantes de la Corte. El reemplazo de tres magistrados podría robustecer el criterio anterior o modificar el rumbo a favor del matrimonio igualitario.

Entre las preguntas a las que fueron sometidos los aspirantes, una en especial apuntaba al valor de los pronunciamientos de las Cortes internacionales, entendiendo que una vez se conozcan los nombres de los designados, se tendría una tendencia hacia dónde se inclinará el fallo. Como dato curioso, uno de los evaluadores en representación del Consejo Nacional de la Empresa Privada era el demandante del caso en referencia.

FUENTE: Con información de Adelita Coriat - La Estrella de Panamá

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