
Comencemos esta historia, quizá ya lo hemos hecho, por el final, restándole cualquier atisbo de emoción pretendida o pretenciosa:
Sentencia del Juzgado de Menores n.º 4 de Madrid 44/2013
“Declaro a la menor Rocío Flores Carrasco autora responsable de un delito de maltrato habitual, de un delito de maltrato, de una falta continuada de amenazas y de una falta continuada de injurias”.
Párrafo extraído del epígrafe correspondiente al “fallo”
Hoy, casi siete años años después de que se publicara la sentencia, parte de cuyo fallo acabamos de reproducir, se sigue afirmando recurrentemente en los medios de comunicación que la tercera Rocío en discordia en este relato, Rocío Carrasco, renunció voluntariamente a la custodia de su hija, pero nada más lejos de la realidad. Un juez ordenó temporalmente la separación física entre ambas mujeres tras una agresión doméstica de la hija a la madre, como demuestran los documentos a los que ha tenido acceso Vanitatis, más de 2.000 folios relacionados con el duro proceso de divorcio (y sus derivadas) que ha enfrentado en los juzgados a Rocío Carrasco y Antonio David Flores durante los últimos veinte años. ->>Vea más...
FUENTE: Con información de NACHO GAY - El Confidencial