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jueves, 1 de noviembre de 2018

(España) Evitar el entierro de Franco en la Almudena con la Ley de Memoria, "misión imposible"

La Ley de Memoria Histórica se ha convertido en las últimas horas en el mantra del Gobierno socialista para impedir un futuro entierro de los restos de Franco en la catedral de la Almudena, donde la familia prevé trasladar el cuerpo tras la exhumación en el Valle de los Caídos. Lo cierto, según apuntan numerosos juristas a El Confidencial, es que la norma de 2007 no permite prohibir esta reinhumación sino que se limita en todo caso a ofrecer un arma legal para impedir una exaltación de la figura del dictador en su nueva ubicación.

Después de varias semanas en las que la tónica general del Ejecutivo ha consistido en trasladar la idea de que poco o nada se podía hacer para impedir el uso de una cripta de propiedad privada en el templo madrileño, los de Pedro Sánchez ven ahora la posibilidad de forzar mediante este mecanismo legal un cerrojazo a los planes de los nietos utilizando como palanca la capacidad de intervención de las administraciones públicas ante el riesgo de que se cometan enaltecimientos del franquismo. La idea, no obstante, se califica de "misión imposible" con el actual texto.

La vicepresidenta, Carmen Calvo, y otras fuentes del Gobierno han hecho referencia expresa al artículo 15 en el que se dice que "en el ejercicio de sus competencias" los gobiernos pueden tomar las medidas oportunas para la retirada de determinados símbolos que puedan alentar una exaltación de la figura de Franco. El problema es que la norma pasa, a continuación, a detallar que habla en concreto de "escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura".

"No parece que un cuerpo encaje con ninguna de estas cosas", asegura uno de los consultados, que precisa que la fórmula solo sería válida si la lápida o su inscripción se acompañan de alguna leyenda que pueda considerarse una incitación a la loa, cosa poco probable a la vista de la que hoy cubre el féretro en el propio Valle de los Caídos, en la que solo puede leerse 'Francisco Franco' junto a una cruz. Por ello, otro de los consultados destaca que esa norma sería de utilidad, en todo caso, para prevenir homenajes una vez se encontraran ya allí los restos del dictador, pero no para evitar que se trasladen. El artículo 15 habla, de hecho, de "retirada", es decir, de quitar algo que ya se encuentra en un lugar.

El preámbulo de la ley explica de forma extensiva el artículo y dice que estas medidas se dirigen a evitar "toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura, en el convencimiento de que los ciudadanos tienen derecho a que así sea, a que los símbolos públicos sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio". Este tono general está, sin embargo, repleto de lagunas que podrían utilizarse para impugnar una decisión que, además, cumple a rajatabla el espíritu del decreto dictado para sacar a Franco del Valle de los Caídos.

En cuanto al artículo 16 de la Ley de Memoria, se limita a disponer sobre la actual ubicación del cuerpo, no la futura. Prohíbe que se lleven a cabo allí y no en otros sitios actos de naturaleza política ni exaltadores de la Guerra Civil, de sus protagonistas o del franquismo.

El decreto
Existe en la propia formulación del decreto una previsión que dificulta, más si cabe, cualquier movimiento. El texto publicado en el BOE el 25 de agosto indica que el procedimiento tendrá en cuenta "los intereses de los afectados, tanto públicos como privados", y garantiza su derecho a ser oídos, su participación en el procedimiento y los recursos contra las actuaciones administrativas ante los órganos jurisdiccionales ordinarios competentes. "Además, el procedimiento diseñado prevé expresamente las máximas garantías de dignidad y respeto, tanto a los restos mortales como a los familiares, quienes podrán disponer sobre su destino si lo desean".

Esta redacción dejaba así en manos de los nietos de Franco la decisión final sobre el destino del cuerpo sin límites ni otras salvaguardas. Los expertos aseguran que truncar los planes de los herederos del dictador con la ley en la mano solo es posible si se emprende una reforma de la ley que concrete ese artículo 15 o amplíe su cometido inicial. Mientras esta no exista y para el caso concreto de la Almudena, rige el derecho canónico. Solo una negativa de la Iglesia evitaría que haya una tumba de Franco en pleno centro de Madrid.

FUENTE: Con información de BEATRIZ PARERA - https://www.elconfidencial.com

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