Afirmo lo anterior, toda vez que la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la Demandada Ordinaria de Prescripción Adquisitiva de Dominio interpuesta por mi persona en contra de PASTOS GUANCHE, S.A., cuyo presidente es ALBERTO SAMUEL ELETA BOYD ha violado mis derechos fundamentales a través de los siguientes hechos:
- Admitir un Recurso de Casación mal formalizado en contra de la Sentencia del Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá que accedía al reconocimiento de mis derechos legítimos sobre una propiedad que he venido poseyendo por más de 22 años, en la cual he criado a mis hijos.
- Luego de admitir el Recurso de Casación, que en otros casos es formalista y requiere una adecuada redacción y expresión, la Sala Primera consideró argumentos no expuestos en el Recurso de Casación para fallar en mi contra con base en una mera suposición y no en pruebas fehacientes y directamente expuestas por ningún apoderado judicial.
Expreso mi desilusión y frustración por este medio, ya que resulta que de ahora en adelante se puede suponer que por el solo hecho de que una persona ejerza el cargo de Presidente de una sociedad, ya que controla la misma. Y que pruebas, aunque el resultado de esta prueba le sea contraria, ya que constituye la base para revoca sentencias que reconocían plenamente los derechos de una persona, como sucedió en mi caso.
El resultado de estos desaciertos es que se vulnera mi derecho a residir tranquilamente en el hogar que he mantenido por más de dos décadas y en el cual he criado a mis hijos, por lo que se me deja en indefensión frente a cualquier peligro o amenaza de que pueda perder este hogar lleno de gratos recuerdos y mantenido con tanto esfuerzo.
Clara Malca Dwek
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