
"Que la Corte determine ahora que no tiene competencia para conocer el proceso penal seguido contra el acusado, no solo sería ir contra sus actos propios y demostrar un irrespeto a las reglas más básicas de la competencia", sustentó.
Estas ideas sobrepasan el plano jurídico y caen en una posición política, algo que advirtió Martinelli, quien indicó que su futuro no es el que está en juego, sino la institucionalidad de la administración de justicia.
"Señores magistrados, lo que está en juego no es solo el futuro de Martinelli, es la institucionalidad y el sistema de justicia. Tomar decisiones políticas en la Corte crea un precedente nefasto. El sistema debe prevalecer, a pesar de cualquier presión política del poder de turno", escribió el exmandatario en su cuenta de Twitter.
Y esas motivaciones políticas son las únicas que podrían afectar una decisión en derecho del pleno de la Corte, expresó el abogado Luis Camacho González, quien fue el que presentó el amparo de garantías contra la decisión de Mejía de seguir la causa contra Martinelli, a pesar de su renuncia como diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen).
"No tengo la menor duda, que una vez se revise a conciencia, fuera de cualquier presión política o interés ajeno al proceso, al presidente Martinelli le van a conceder el amparo", manifestó Camacho.
Mientras, el constitucionalista Silvio Guerra se hizo la pregunta, en medio de esta diatriba entre el juez de garantías y los abogados del expresidente, de ¿por qué la Corte defiende con tanta insistencia la competencia para juzgar a Martinelli?
Planteamientos jurídicos
En su informe, Mejía cuestiona el contenido de la Constitución y señala que esta no es detallista y no establece cuándo se pierde la competencia para investigar a un diputado.
A su vez, indica que en el Código Procesal Penal y el Código Judicial hay normas que sí delimitan estas situaciones y, por consiguiente, la competencia es definitiva desde que se hizo la acusación a Martinelli.
Camacho González explicó que el artículo 31 del Código Procesal Penal es claro al señalar que la competencia se fija por la calidad de las partes y en este caso, la Corte acogió la causa contra Martinelli, precisamente porque era diputado del Parlacen.
"Querer hacer una intención de cualquiera otra situación no tiene asidero jurídico porque la norma en ningún artículo establece que una vez presentada la acusación la competencia se entiende fijada", dijo.
Por su parte, Guerra advierte que las interpretaciones no pueden estar por encima de leyes y normas jurídicas de naturaleza convencional, como las del Parlacen.
"La renuncia sustrae del foro de la competencia de la Corte, la cual debe de inmediato declararse impedida para juzgar a esa persona", ilustró.
FUENTE: Con información de http://panamaamerica.com.pa ->> Ir