
El nuevo decreto ley de la Generalitat, que puedes consultar debajo al completo, arranca con un artículo que habilita a las entidades locales como el AMB a regular las VTC y otras formas de transporte urbano e interurbano. "Corresponderá a los ayuntamientos o a los entes metropolitanos legalmente constituidos la ordenación y gestión de las diferentes modalidades de servicios urbanos de transporte en vehículos con capacidad máxima de hasta 9 plazas, conductor incluido, siempre que tengan origen y destino en el ámbito municipal o metropolitano".
El artículo que ha generado toda la polémica, y que ha sido la principal exigencia del taxi, es el tercero, en el que se detallan las condiciones de explotación del servicio. En su punto número 2, la Generalitat establece que "el Govern o los entes locales podrán determinar reglamentariamente lo que le resulte necesario en cada caso para mejorar la gestión de la movilidad interior de viajeros o para garantizar el control efectivo de las condiciones de prestación de los servicios, respetando los criterios de proporcionalidad que establece la normativa vigente". Este es un punto clave: ¿cómo se define proporcionalidad? ¿es una hora proporcional? Eso queda en el aire. ->>Vea más...
FUENTE: Con información de MANUEL ÁNGEL MÉNDEZ - https://www.elconfidencial.com