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Nos ponemos en contacto con un abogado especializado en defensa de menores para que nos describa el protocolo a seguir en estos casos. “Lo primero que abre la Guardia Civil es un atestado y a partir de ahí se da parte a un juzgado de instrucción y se abren de inmediato las diligencias de un proceso penal, en el que la progenitora se enfrenta, si se demuestra su culpabilidad, a una posible pena de cárcel”, nos comentan desde el despacho de penalistas Sanz Cabrejas. Dicho y hecho. Eso es exactamente lo que pasó en el caso que nos ocupa.
Auto del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Alcobendas
“Las presentes actuaciones tienen su origen en el Atestado n.º 110/2012 instruido por la Guardia Civil de San Agustín de Guadalix [...] por un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar cometido por Rocío Carrasco Mohedano sobre su hija menor de edad, Rocío Flores Carrasco, denunciado inicialmente por la menor a través de su padre, Antonio David Flores Carrasco”.
Diligencias previas n.º 3698/2012 ->>Vea más...
FUENTE: Con información de NACHO GAY - El Confidencial