El mencionado tribunal acogió dos recursos de amparo introducidos por ciudadanos de Bogotá a favor del burgomaestre.
Los fallos que suspenden la destitución de Petro fueron dictados por los magistrados Juan Carlos Garzón y José María Armenta.
El primer recurso fue introducido por el abogado José Gotardo Pérez, quien alegó que con la inhabilitación del burgomaestre se le violaba su derecho a elegir y ser elegido. Mientras, la segunda acción de tutela la introdujo la ciudadana Marisol Gamboa.
En total, el tribunal recibió 36 recursos de amparo en defensa del alcalde.
En los fallos, los magistrados argumentaron que el control disciplinario no limita el ejercicio político de la revocatoria del mandato y considera que la Procuraduría General de la Nación "desplazó al elector, porque, en el acto de destitución no analizó la conducta disciplinaria, sino que cuestionó políticas públicas".
La decisión del tribunal suspende la destitución, pero esta podría ser impugnada por la Procuraduría. En tal caso, pasaría a revisión del Consejo de Estado.
El procurador colombiano Alejandro Ordóñez tomó la decisión de destituir a Petro en diciembre pasado, tras la puesta en marcha de un nuevo esquema de aseo en la capital colombiana durante la gestión del alcalde.
El burgomaestre creó la empresa municipal Aguas de Bogotá, que dependía de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, para recoger la basura.
La Procuraduría consideró que Aguas de Bogotá "no tenía la experiencia suficiente" para realizar la tarea. Asimismo, consideró que Petro violó, presuntamente, la norma de libre empresa, al impedir que firmas privadas realizaran la recolección de basura.
El fallo también alegaba que supuestamente se usaron volquetas (volteos) como compactadoras en las labores de aseo de la ciudad, cuestión "que pudo violar las disposiciones constitucionales y legales frente a la protección del medioambiente".
FUENTE: AVN |