Singapur: Estados Unidos y Singapur reconocen que la capacidad de agregar, almacenar, procesar y transmitir datos a través de las fronteras es fundamental para el desarrollo del sector financiero. El uso cada vez mayor de datos en los servicios financieros y el uso creciente de la tecnología para suministrar servicios financieros ofrecen una gama de beneficios, que incluyen una mayor elección del consumidor, capacidades mejoradas de gestión de riesgos y una mayor eficiencia. Estos desarrollos también plantean riesgos nuevos y complejos para los mercados y desafíos para los encargados de formular políticas y los reguladores. Estados Unidos y Singapur están comprometidos a trabajar juntos y con otros países para promover un entorno en los servicios financieros que fomente el desarrollo de la economía global.
De acuerdo con estos objetivos compartidos, los Estados Unidos y Singapur apoyan permitir que los proveedores de servicios financieros transfieran datos a través de las fronteras y se opongan a los requisitos de localización de datos generalmente aplicables siempre que los reguladores financieros tengan acceso a los datos necesarios para fines regulatorios y de supervisión. Los requisitos de localización de datos pueden aumentar la seguridad cibernética y otros riesgos operativos, dificultar la gestión de riesgos y el cumplimiento, e inhibir el acceso financiero regulatorio y de supervisión a la información. La movilidad de datos en los servicios financieros respalda el crecimiento económico y el desarrollo de servicios financieros innovadores y beneficia la gestión de riesgos y los programas de cumplimiento, incluso al facilitar la detección de patrones transfronterizos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, defenderse contra ataques cibernéticos y administrar y evaluar el riesgo en una base global
Con base en este entendimiento compartido, Estados Unidos y Singapur tienen la intención de promover la adopción e implementación de políticas y reglas en nuestras relaciones económicas bilaterales y multilaterales para facilitar los siguientes objetivos:
Asegurar que los proveedores de servicios financieros puedan transferir datos, incluida la información personal, a través de las fronteras por medios electrónicos si esta actividad es para llevar a cabo los negocios de un proveedor de servicios financieros.
Medidas opuestas que restringen dónde se pueden almacenar y procesar los datos para los proveedores de servicios financieros siempre que los reguladores financieros tengan acceso completo y oportuno a los datos necesarios para cumplir con su mandato de regulación y supervisión.
Asegurar que los proveedores de servicios financieros tengan la oportunidad de remediar la falta de acceso a dichos datos antes de que se les solicite usar o ubicar instalaciones informáticas localmente.
Estados Unidos y Singapur también tienen la intención de compartir información sobre desarrollos relacionados con estos temas y, según corresponda, alentar a terceros países a adoptar políticas consistentes con esta declaración conjunta.
Los Estados Unidos y Singapur emiten esta declaración conjunta sin perjuicio de los derechos y obligaciones de los gobiernos en virtud de la Organización Mundial del Comercio (OMC), y de las excepciones contenidas en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) de la OMC, como las excepciones relacionadas con protección de la privacidad de los datos personales y la confidencialidad de registros y cuentas individuales, y en textos relacionados, como el Anexo sobre Servicios Financieros y la excepción prudencial en el mismo. Además, las partes relevantes de esta declaración conjunta no se aplicarían al uso y ubicación de ciertas categorías de servicios informáticos de servicios financieros. Para mayor certeza, esta declaración conjunta no crea obligaciones vinculantes bajo la ley nacional o internacional.
FUENTE: Con información de Nota de Prensa - Departamento del Tesoro