En una alocución al país desde el Palacio Nacional, Espinal explicó que ante la solicitud que sometió el Grupo ABRISA el 31 de octubre de 2019 a la Comisión Aeroportuaria, esta emitió la Resolución 6796, del 23 de enero de 2020, que otorgó la no objeción al desarrollo, construcción y explotación económica del proyecto de Aeropuerto Internacional de Bávaro, en La Altagracia.
Espinal señaló que la Comisión Aeroportuaria remitió la resolución al Poder Ejecutivo para su consideración, a fin de que si lo considerase pertinente, procediese a aprobar el establecimiento del proyecto de aeropuerto en virtud de la potestad que le otorga el literal del artículo 26 de la Ley 491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana.
Además, “instruir la suscripción de un contrato entre el Estado dominicano y el referido grupo empresarial en los mismos términos y condiciones que los contratos formalizados con las demás empresas operadoras de aeropuertos internacionales de propiedad privada en el país, los cuales son el Aeropuerto Internacional del Cibao, el Aeropuerto Internacional de La Romana y el Aeropuerto Internacional de Punta Cana”.
El consultor jurídico agregó: “Dado el carácter altamente especializado de esta materia, integré un equipo de abogados de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, encabezado por un servidor, para realizar un estudio tanto histórico como legal sobre el régimen aeroportuario del país de modo que, llegado el momento, la Con
sultoría Jurídica estuviese en condiciones de orientar, desde el punto de vista legal, la decisión que eventualmente pudiese tomar el presidente de la República en virtud de sus potestades constitucionales y legales”.
Afirmó que, paralelamente, el 19 de mayo de 2020, el Poder Ejecutivo solicitó al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), en su condición de ente especializado en garantizar la seguridad operacional de la aviación civil en el país, un informe técnico sobre el proyecto de Aeropuerto Internacional de Bávaro para edificarse en su toma de decisión.
“Aunque la ley no dispone de manera expresa que el Poder Ejecutivo debe solicitar dicho informe previo a emitir su aprobación, este consideró idóneo y una buena práctica administrativa requerirlo para sustentar cualquier decisión que pudiese resultar de este proceso”, manifestó Espinal.
Sostuvo que el 2 de julio de 2020, mediante el oficio 1913, el IDAC comunicó al Poder Ejecutivo que, de conformidad con los estudios realizados por sus áreas técnicas para determinar la viabilidad técnico-operacional del proyecto Aeropuerto Internacional de Bávaro, este “resulta, en principio, viable y factible técnicamente”, por lo que recomienda al Poder Ejecutivo “aprobar la construcción de dicho aeropuerto”.
“Mientras este proceso se llevaba a cabo, el equipo de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo concluyó su estudio y opinión legal el 10 de julio de 2020. Es decir, a partir de esta fecha, luego de un cuidadoso proceso de investigación y análisis, es que la Consultoría Jurídica estuvo en condiciones de prestar, debidamente edificada, su asistencia legal al presidente de la República en su toma de decisión sobre esta solicitud”, señaló.
El incumbente detalló que la opinión legal comprende, entre otros aspectos, una descripción histórica de los hechos, instrumentos legales y contratos que intervinieron en la aprobación de cada aeropuerto del país; y una explicación de los dos modelos de aeropuertos vigentes, uno público pero concesionado y otro estrictamente privado.
También, un análisis de las disposiciones legales relativas al régimen de concesiones de la Ley número 340-06 –ya derogadas- así como del nuevo régimen de alianzas público-privadas de la Ley 47-20; y un ejercicio de distinción, primero, entre el régimen de concesión y el régimen de aprobación/autorización concerniente a aeropuertos privados y, segundo, entre la aprobación a cargo del Poder Ejecutivo y la autorización a cargo del IDAC.
Indicó que la opinión comprendió, además, “una discusión sobre las normas constitucionales y legales relativas a la competencia y la iniciativa privada en materia aeroportuaria según la configuración histórica de los dos modelos de los aeropuertos vigentes en el país”.
Desde que se emitió el Decreto 270-20, el pasado 24 de julio, la Corporación Aeroportuaria del Este, propietaria del aeropuerto de Punta Cana, ha objetado el proyecto que se erigiría a solo 18 kilómetros de la terminal que opera en Punta Cana. Como parte de las acciones, hizo un sometimiento al ministro de Medio Ambiente, Ángel Estévez.
FUENTE: Con información de Dalton Herrera - listindiario.com