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martes, 27 de octubre de 2020

(España) Abogada de exdirectivo de FCC pide a juzgado declarar inadmisible querella de Baltasar Garzón (+Panamá)

La abogada de Víctor Alberola Ruipérez, director de Centroamérica (feb. de 2013 - dic. de 2014) de la española Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), María Dolores González Company, solicitó al Juzgado Central de España que no admita la querella por supuesto blanqueo de capitales presentada por la Fundación Internacional "Baltasar Garzón" Pro Derechos Humanos y Jurisdicción Universal (Fibgar), en contra del exmandatario Ricardo Martinelli.

La abogada pone sobre la mesa un posible conflicto internacional de jurisdicción al alegar que España no tiene jurisdicción para conocer de los delitos cometidos por funcionarios extranjeros fuera de ese país. Un asunto, describe en su escrito al que tuvo acceso este medio, que ya ha sido suscitado en varias ocasiones y en el que han coincidido los tribunales españoles, que carecen de jurisdicción para conocer de dichos delitos.

El pasado 28 de septiembre, Garzón interpuso la solicitud ante el Juzgado Central de Madrid, para unirse al caso de las averiguaciones por supuestos sobornos otorgados por la empresa española en Centroamérica para hacerse de obras, en calidad de querellante popular e imputar al expresidente Martinelli por presuntos delitos de corrupción en las transacciones económicas internacionales y blanqueo de capitales. En la querella solicitó al Juzgado ordenar una serie de diligencias internacionales como indagar al querellado e investigar su patrimonio integral, específicamente todo lo relacionado a los bienes inmuebles identificados y sociedades anónimas relacionadas al expresidente, familiares y colaboradores de los supermercados y centros comerciales en los que tiene intereses económicos.

A raíz de lo anterior, el Juzgado notificó a las partes relacionadas al proceso antes de emitir una decisión. Es así como Dolores sale en defensa de Martinelli y reitera en su escrito que se declare inadmisible la pretensión de Garzón.

En su respuesta, el despacho que defiende al excolaborador de FCC, enumeró una serie de razones que sustentan su alegato (ocho en total) y reitera al Juzgado que también declare inadmisibles las asistencias judiciales que solicitó Fibgar.

Fuera de la jurisdicción

"Los hechos ejecutados por los ciudadanos panameños con pasaporte panameño sin residencia en España quedan fuera de la jurisdicción española", cita Dolores como motivo de rechazo a la querella de Garzón.

La jurista reiteró que el Ministerio Fiscal (Fiscalía), en su escrito del 16 de mayo pasado, indicó que los panameños debían ser llamados a declarar como testigos en la causa y no como investigados ante la falta de jurisdicción de los tribunales españoles. “En ninguno de los procedimientos penales que se han efectuado en España por delitos de corrupción en transacciones internacionales se han dirigido contra funcionarios extranjeros. Por lo tanto, la conclusión anterior debe mantenerse ahora con respecto a Martinelli, lo que puede concluir a la inadmisión de la querella de Fibgar”, defiende Dolores.

Interferencia por caso en Panamá

Una circunstancia que busca dejar en claro la defensa ante el Juzgado, es que “al parecer ya hay procedimientos pendientes por blanqueo de capitales en contra de Martinelli en Panamá”. Por ello considera que una eventual admisión de la querella interpuesta por Fibgar, podría infringir la proscripción constitucional de doble incriminación, y suponer una indeseable interferencia con la investigación que se realiza en Panamá, que a diferencia de España, sí tiene jurisdicción para conocer de los delitos que pudiera haber cometido Martinelli.

Maniobra político-periodística

La abogada desestimó la querella del exjuez Garzón. Asegura que no contribuye con nuevos indicios al proceso. En lugar de indicios -describe- aporta una serie de noticias extraídas de “blogs y medios de comunicación online de cuestionable fiabilidad”. El blog, según la abogada, es de una compañía panameña dedicada al asesoramiento para la constitución de sociedades offshore. “Parece poco serio pretender dirigir un procedimiento penal contra una persona con tan endeble fundamento”, reclama.

Califica de perspicaz la querella de Fibgar, como si fuera una maniobra “político-periodística”, con fines que ignora, pero que pretenden la instrumentalización de un proceso penal al “servicio de fines espurios y con perjuicio al derecho de Martinelli y el resto de los investigados”.

Recordó una serie de fallos previos en los que se ha recomendado a los jueces decretar la inadmisión de querellas cuando no ofrecen datos o elementos fácticos que pudieran aparecer como constitutivos de los delitos que se imputan. En este caso, según su criterio, los artículos periodísticos no sirven para este efecto porque carecen del mínimo apoyo probatorio.

Vulnera los derechos

Con respecto a las diligencias que solicitó la querella, Dolores reclama al querellante que ni siquiera se esfuerza en justificar el cumplimiento de dichos requisitos y la utilidad que tendrían, tal vez, “porque es consciente de que los mismos no se cumplen”.

Señala que admitir la querella de Garzón provocaría un retraso importante en el proceso que “supondría dar cabida a la fraudulenta instrumentalización de un procedimiento penal por parte del querellante en detrimento de los investigados”.

Como siguiente punto, la apoderada de Alberola rebate que el poder judicial de España establece que los delitos a los que se refiere la querella de Garzón sólo pueden ser perseguibles en España previa interporsición de querella por el agraviado o por el Ministerio Fiscal y esto no ha ocurrido, concluye, lo que excluye a la acción popular con la que contempla intervenir la fundación. ->>Vea más...

FUENTE: Con información de Adelita Coriat - La Estrella de Panamá

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