La Ley 1 de 5 de enero de 1984, que regula el negocio fiduciario en la República de Panamá, define el fideicomiso como un acto jurídico en virtud del cual una persona llamada fideicomitente transfiere bienes a una persona llamada fiduciario para que los administre o disponga de ellos en favor de un fideicomisario o beneficiario, que puede ser el propio fideicomitente.
Los fideicomisos constituidos de acuerdo con las leyes de la República de Panamá se regirán por la ley panameña. Sin embargo, podrán sujetarse en su ejecución a una ley extranjera si así lo dispone el instrumento del fideicomiso.
Igualmente, el fideicomiso, así como los bienes del mismo, podrán trasladarse o someterse a las leyes o jurisdicción de otro país, según lo dispuesto en el instrumento de fideicomiso.
Panamá cuenta con 68 empresas fiduciarias, de las cuales dos son bancos oficiales, 28 bancos privados, 14 relacionadas a firmas de abogados, dos a compañías de seguros y 22 a otras empresas fiduciarias.
La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) es la entidad encargada de velar por el adecuado funcionamiento del negocio fiduciario y lleva a cabo la tarea de una supervisión fiduciaria enfocada a obtener resultados óptimos y positivos que incentiven el buen desenvolvimiento del sector.
Actualmente, la SBP se encuentra en etapa de revisión del borrador de anteproyecto de Ley de Fideicomisos con la finalidad de actualizar el marco legal y regulatorio y fortalecer la facultad de la Superintendencia en cuanto a la capacidad de regulación y supervisión. De esta manera se busca con ello generar mayor confianza para promover tanto a nivel nacional como internacional el negocio de fideicomiso, lo que coadyuvaría a que Panamá se consolide como un centro fiduciario internacional.
Las modificaciones persiguen igualmente promover el profesionalismo y especialización en el sector, de manera que nuestro centro fiduciario esté alineado con los estándares internacionales actuales. Las modificaciones también buscan otorgar facultades a la Superintendencia para reglamentar el negocio fiduciario y definir claramente las responsabilidades y obligaciones de las entidades fiduciarias en nuestro país.
FUENTE: ALBERTO DIAMOND R. - http://www.laestrella.com.pa/online/impreso/2011/09/19/la_ley_de_fideicomiso_en_panama.asp
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lunes, 19 de septiembre de 2011
La ley de fideicomiso en Panamá
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