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martes, 19 de febrero de 2019

(España) La embajada en Ucrania cierra el grifo de la gestación y no dará más pasaportes

La embajada española en Ucrania ha anunciado este martes que dejará de inscribir bebés nacidos mediante vientre de alquiler como venía haciendo hasta ahora, es decir aceptando una prueba de ADN de uno de los progenitores.
Según confirma el Ministerio de Exteriores sólo se tramitarán los expedientes pendientes, un total de 39, que se encontraban paralizados desde el pasado mes de diciembre. A tal efecto, el ministerio mandará a un funcionario diplomático de refuerzo para aligerar las inscripciones de los menores, pero después cerrará el grifo. No se sabe, por tanto, qué pasará con los bebés que se encuentran ahora mismo en gestación, que quedarán al amparo de las autoridades ucranianas. "Estamos en conversaciones con las autoridades en Kiev para ver la manera de que los nacidos a partir de ahora puedan volar a España", afirman desde Exteriores.

La única solución es lo que se conoce como la "vía ucraniana", es decir, que salgan del país con un pasaporte ucraniano. El problema es que según la ley ucraniana la madre legal es la que aporta la carga genética y no la que da a luz -como se interpreta en España-, por lo que el pasaporte sólo podrá darse por razones humanitarias al quedarse los menores en situación de apátridas. Este trámite que puede tardar entre tres y cuatro meses.

En línea con Justicia
El pasado viernes, la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN) emitió un comunicado que oficializaba el registro de los menores concebidos mediante vientre de alquiler con la prueba de ADN, que era realmente como se venía haciendo hasta ahora. Sin embargo, 24 horas después la ministra Dolores Delgado paró "personalmente" la orden, al afirmar que no estaba informada.

"El Ministerio de Justicia ha decidido dejar sin efectos la instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN) enviada a los registros consulares en la que se abría la puerta a la inscripción de niños concebidos en el extranjero por gestación por sustitución mediante la presentación de una prueba de ADN que certificara la paternidad o maternidad de uno de los progenitores", señalaba el ministerio el pasado sábado. ->>Vea más...

FUENTE: Con información de M. ZUIL - El Confidencial

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