Cuando el 22 de febrero de 2020 El Confidencial publicó en Vanitatis el primero de los siete capítulos de Flores-Carrasco Confidencial, el diario español arrojó luz sobre más de dos décadas de conflicto entre Antonio David Flores y Rocío Carrasco, que ahora vuelve al primer plano con los doce capítulos más uno introductorio de 'Rocío, contar la verdad para seguir viva', serie documental de Tele 5, en la que se están desarrollando muchas de las cuestiones que adelantó El Confidencial. Gracias a la ingente documentación a la que hemos tenido acceso se han podido desmontar muchas de las afirmaciones que el ex guardia civil ha hecho en los medios de comunicación y, como leerán a continuación, también en los procesos de evaluación de la situación de su hija en uno de los peores momentos de la vida de esta...
Debemos tener muy presente una fecha, el 27 de julio de 2012, que es cuando se produce la agresión de Rocío Flores Carrasco hacia su madre, que, si se nos permite el simil de una película judicial, dio varios inesperados giros de guion que fueron determinantes para el actual estado de las relaciones entre Rocío Carrasco y su hija, entre las que no ha vuelto a haber comunicación alguna.
Recordemos que sería Rocío quien denunciaría en el cuartel de la guardia civil de San Agustín de Guadalix, pero el caso fue sobreseido a principios de 2013, aunque se trasladó toda la información a la Fiscalía de Menores, que abrió de oficio una investigación paralela. En ese contexto, como medida provisional, se le quitó la custodia a Rocío Carrasco, que la tenía compartida con su exmarido desde 2003. Lo que no podían prever ni el ex guardia civil ni su hija es que esta acabaría siendo condenada por el Juzgado de Menores nº 4 de Madrid, con sentencia dictada el 4 de marzo de 2013 por "un delito de maltato habitual, un delito de maltrato, una falta continuada de amenazas y una falta continuada de injurias".
Aunque Antonio David recurrió esta sentencia (recordemos que su hija Rocío era menor de edad cuando sucedió lo narrado, tenía 15 años), su recurso fue desestimado, por lo que se convirtió en una condena firme para la que su hija tenía dos opciones: cumplir 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad o mantenerse durante 6 meses de libertad vigilada, lo que suponía ser sometida a evolución durante ese periodo. Finalmente eligieron la segunda opción. Este periodo acabó el 2 de abril de 2014, con una evaluación favorable de la joven.
Una vez sintetizado este complejo proceso, volvamos al punto en el que se archiva la causa contra Rocío Carrasco y se envía la documentación a la Fiscalía del Juzgado de Menores. En los documentos de los que disponemos de ese momento procesal leemos que "en la documentación que se nos aporta por el Ministerio Fiscal, con solicitud de informe, consta un informe pericial de parte, de fecha 10 de mayo de 2012, informe al que el progenitor se refiere en varias ocasiones".
En ese informe se recomienda que Rocío Flores "comience una terapia psicológica para monitorizar y tratar las inquietudes alcanzadas en esta evaluación", y concluyen que "se evidencian signos de afecto deprimido en la menor, Rocío".
Según aparece reflejado en este documento, le preguntan a Antonio David si está siguiendo esta recomendación, pero "el padre verbaliza que aunque él considera que su hija necesita una terapia, no puede ir porque le cuesta 300 euros, cantidad que por el momento él no se puede permitir pagar".
Sin embargo, más allá de su solvencia económica en ese momento, se hace constar en el documento la información que aporta su madre, Rocío Carrasco: "La menor sujeta del expediente y su hermano pertenecen a una sociedad médica desde su nacimiento con todas las especialidades médicas, incluida la evolución y la terapia psicológica. Sociedad médica que el padre utiliza frecuentemente para las consultas profesionales con sus dos hijos".
Otra de las recomendaciones que se hizo aparece también negro sobre blanco: "Se habló con Rocío Flores de la posibilidad de trabajar con su madre en un programa de mediación, pero a la menor y a su padre les parecía una aberración total la posibilidad ya que sería asumir cualquier responsabilidad respecto al hecho denunciado"
Debemos tener muy presente una fecha, el 27 de julio de 2012, que es cuando se produce la agresión de Rocío Flores Carrasco hacia su madre, que, si se nos permite el simil de una película judicial, dio varios inesperados giros de guion que fueron determinantes para el actual estado de las relaciones entre Rocío Carrasco y su hija, entre las que no ha vuelto a haber comunicación alguna.
Recordemos que sería Rocío quien denunciaría en el cuartel de la guardia civil de San Agustín de Guadalix, pero el caso fue sobreseido a principios de 2013, aunque se trasladó toda la información a la Fiscalía de Menores, que abrió de oficio una investigación paralela. En ese contexto, como medida provisional, se le quitó la custodia a Rocío Carrasco, que la tenía compartida con su exmarido desde 2003. Lo que no podían prever ni el ex guardia civil ni su hija es que esta acabaría siendo condenada por el Juzgado de Menores nº 4 de Madrid, con sentencia dictada el 4 de marzo de 2013 por "un delito de maltato habitual, un delito de maltrato, una falta continuada de amenazas y una falta continuada de injurias".
Aunque Antonio David recurrió esta sentencia (recordemos que su hija Rocío era menor de edad cuando sucedió lo narrado, tenía 15 años), su recurso fue desestimado, por lo que se convirtió en una condena firme para la que su hija tenía dos opciones: cumplir 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad o mantenerse durante 6 meses de libertad vigilada, lo que suponía ser sometida a evolución durante ese periodo. Finalmente eligieron la segunda opción. Este periodo acabó el 2 de abril de 2014, con una evaluación favorable de la joven.
Una vez sintetizado este complejo proceso, volvamos al punto en el que se archiva la causa contra Rocío Carrasco y se envía la documentación a la Fiscalía del Juzgado de Menores. En los documentos de los que disponemos de ese momento procesal leemos que "en la documentación que se nos aporta por el Ministerio Fiscal, con solicitud de informe, consta un informe pericial de parte, de fecha 10 de mayo de 2012, informe al que el progenitor se refiere en varias ocasiones".
En ese informe se recomienda que Rocío Flores "comience una terapia psicológica para monitorizar y tratar las inquietudes alcanzadas en esta evaluación", y concluyen que "se evidencian signos de afecto deprimido en la menor, Rocío".
Según aparece reflejado en este documento, le preguntan a Antonio David si está siguiendo esta recomendación, pero "el padre verbaliza que aunque él considera que su hija necesita una terapia, no puede ir porque le cuesta 300 euros, cantidad que por el momento él no se puede permitir pagar".
Sin embargo, más allá de su solvencia económica en ese momento, se hace constar en el documento la información que aporta su madre, Rocío Carrasco: "La menor sujeta del expediente y su hermano pertenecen a una sociedad médica desde su nacimiento con todas las especialidades médicas, incluida la evolución y la terapia psicológica. Sociedad médica que el padre utiliza frecuentemente para las consultas profesionales con sus dos hijos".
Otra de las recomendaciones que se hizo aparece también negro sobre blanco: "Se habló con Rocío Flores de la posibilidad de trabajar con su madre en un programa de mediación, pero a la menor y a su padre les parecía una aberración total la posibilidad ya que sería asumir cualquier responsabilidad respecto al hecho denunciado". ->>Vea más...
FUENTE: Con información de Juanra López - El Confidencial