PANAMÁ. Los recientes fallos de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia sobre áreas protegidas no solo dejaron sin efectos resoluciones de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), sino que también ponen al descubierto contradicciones sobre el proceso de las consultas ciudadanas.
El pasado 27 de abril, un fallo de la Sala Tercera, bajo la ponencia del magistrado presidente de la Corte, Alejandro Moncada Luna, dejó sin efecto la resolución de la ANAM, que declaró área protegida el Humedal de la Bahía de Panamá. La zona incluye parte de los manglares de Juan Díaz. El fallo se sustenta en que la ANAM no realizó consulta ciudadana para emitir la resolución.
Sin embargo, cinco meses antes (diciembre 2011) la Sala Tercera había emitido otro fallo relacionado con consulta ciudadana en la misma zona que contradice a este último.
Se trata de una demanda de nulidad que presentó la Alianza Pro Ciudad en contra de una resolución del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial MIVIOT), que cambió el uso de suelo de los humedales y manglares de Juan Díaz para el desarrollo del proyecto urbanístico Santa María Golf & Country Club. El fallo -bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides- declaró legal la resolución del MIVIOT, a pesar que no se realizó la consulta pública.
ARTIMAÑA JURÍDICA
Los magistrados tomaron como válida la consulta que realizó la ANAM para el estudio de impacto ambiental del proyecto urbanístico, que implica la destrucción de 18 hectáreas de manglares.
Una medida que es cuestionada por juristas ambientales en vista de que se trata de dos actos administrativos diferentes. Además, que los cambios de zonificación por norma jurídica (Ley 6 de febrero de 2006) requieren de consulta ciudadana, a diferencia de las declaratorias de áreas protegidas para la cual no existe una ley que exija la consulta pública.
El fallo de la Sala Tercera sobre el Humedal de la Bahía de Panamá, que cuenta con el salvamento de voto del magistrado Benavides, se fundamentó en la Ley 6 de 2006 sobre Transparencia Pública, que regula la participación ciudadana.
Sin embargo, el pleno de la Corte determinó que la Ley 6 no obliga a la ANAM a realizar consulta ciudadana para declarar áreas protegidas. Benavides, en su salvamento de voto, reafirmó esta opinión. La decisión del pleno, de la que participó Moncada Luna, es en repuesta a un amparo de garantías que presentó Minera Panamá en contra de la resolución de la ANAM, que declaró una zona de Donoso como área protegida, donde la empresa desarrolla un proyecto minero.
Paradójicamente, Moncada Luna es el exponente de otro fallo, del pasado 27 de abril, que suspende provisionalmente la resolución de la ANAM sobre Donoso, fundamentada en que no se realizó consulta ciudadana. Los dos fallos en contra de las áreas protegidas han tenido el aval del magistrado Efrén Tello, suplente del magistrado Luis Ramón Fábrega.
CUESTIONAMIENTOS
‘Aquí hay una contradicción evidente y muy grave’, alegó Félix Wing, director del Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), quien solicitó a la Corte una aclaración de la sentencia sobre la resolución del MIVIOT. La acción busca que los magistrados aclaren si una consulta ciudadana de un estudio de impacto ambiental, que aprueba la ANAM, puede ser utilizada para un cambio de zonificación que es competencia del MIVIOT. Para Wing se trata de procesos distintos de dos entidades públicas diferentes que emitieron dos actos administrativos disimiles.
En el fondo, alega Wing, la Corte es selectiva. Los fallos favorecen a los destructores ambientales y perjudican a quienes luchan por la protección ambiental, se quejó.
Harley Mitchell, ex director de Asesoría Legal de la ANAM, dijo que los fallos no cuentan con un análisis jurídico que sustenten las medidas más allá de los argumentos que presentaron, quienes demandaron las resoluciones.
Además de las contradicciones, no hay jurisprudencia, alegó. Hasta el momento los fallos de la Corte eran favorable a la protección ambiental, en vista de la fortaleza del sistema jurídico panameño en esta materia.
La situación está cambiando. Los dos fallos abren las puertas para que otras áreas protegidas corran la misma suerte.
FUENTE: JOSÉ ARCIA - http://www.laestrella.com.pa
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domingo, 3 de junio de 2012
(Panamá) Magistrados fallan en contra de la protección ambiental
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